Comenzar y mantener ejercicios para la rehabilitación de un hombro sin alcanzar antes un diagnóstico certero sobre el origen de la dolencia es la mala praxis que ha motivado la condena de la Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura al Servicio Extremeño de Salud (SES), que deberá indemnizar a la paciente con 30.000 euros.
En la actualidad, la demandante sufre la rotura del tendón supraespinoso, el manguito rotador del hombro derecho, lo que se traduce en dolor y una movilidad limitada. Fue a la primera consulta de rehabilitación después de someterse a un vaciamiento ganglionar cervical como parte del abordaje de un carcinoma.
Entonces, los facultativos sospecharon de una posible lesión de nervio espinal o una tendinopatía, porque la paciente refería un dolor de la zona constante, que controlaba con analgesia.
Una radiografía
Antes de iniciar la rehabilitación se sometió a una radiografía del hombro, para despejar la sospecha de diagnóstico, pero en la imagen no se apreció ninguna patología. Así que en junio de 2019 comenzó con una tabla de ejercicios, que tuvo que interrumpir en varias ocasiones por el tratamiento de radioterapia que estaba siguiendo.
Tras ocho meses con rehabilitación y fisioterapia, el informe médico puso en evidencia la ausencia de mejora, persistía el dolor y la falta de movilidad. No había avanzado nada.
Para entender mejor qué ocurría, los médicos indicaron una ecografía articular que delató la rotura del tendón supraespinoso. Y una resonancia magnética, seis meses después, confirmó el hallazgo.
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