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jueves, 30 de mayo de 2019

Castilla-La Mancha reconoce a sus tutores MIR al menos 50 horas para su labor

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado la normativa que regula a nivel autonómico la docencia MIR, incluida la figura del tutor, desarrollando más de una década después el Real Decreto 183/2008.

Así, Castilla-La Mancha se convierte en la novena comunidad (tras Castilla y León, Cataluña, La Rioja, Extremadura, País Vasco, Canarias, Andalucía y Baleares) en aprobar este tipo de normativa. La sociedad de los tutores de formación sanitaria especializada, Sefse-Areda, ha hecho continuos llamamientos al desarrollo del mencionado real decreto como una forma de dar reconocimiento y unas garantías mínimas a la docencia MIR.

El Decreto 46/2019, de 21 de mayo, de ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en Castilla-La Mancha garantiza al tutor MIR un mínimo de 50 horas anuales dentro de su jornada para desarrollar sus funciones docentes. Este mínimo se incrementará a 10 horas por MIR, con un máximo de 100 horas anuales.

Los docentes tendrán a su cargo como máximo 5 residentes, incidiendo a que el número óptimo serían como mucho tres MIR de su especialidad o bien dos MIR troncales. A pesar de que el Ministerio de Sanidad ha afirmado que renuncia a la troncalidad, la normativa castellanomanchega mantiene alusiones a esa normativa.

La norma también regula la figura del jefe de estudios, al que reserva al menos un 20% de la jornada para sus funciones y establece que será evaluado cada cuatro años. En el caso de los centros de la sanidad pública, el jefe de estudios será elegido por libre designación mediante convocatoria pública.

En cuanto a la incentivación, se considerará la labor tutorial como un mérito a valorar en la carrera profesional; se dará prioridad a los tutores en actividades de formación vinculadas a su actividad y se ajustará su actividad profesional para poder disponer de horas suficientes para sus funciones.

Se observa no obstante que siguen existiendo diferencias entre autonomías. Por ejemplo, la normativa en Baleares, aprobada también este mismo mes, prevé 120 horas anuales como mínimo reservadas para la docencia, estableciendo unas 10 horas al mes garantizadas, e incentivos económicos, aspecto que sólo tienen regulado Cataluña y País Vasco.

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