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domingo, 3 de octubre de 2021

Enfermería reclama a Sanidad que “aclare” la atención al alumnado con enfermedades crónicas

Profesión
aliciaserrano
Dom, 03/10/2021 - 08:00
Enfermera escolar
El Colegio de Alicante pide que se “aclare” la atención al alumnado con problemas de salud crónicos.
El Colegio de Alicante pide que se “aclare” la atención al alumnado con problemas de salud crónicos.

El Colegio de Enfermería de Alicante ha unido sus fuerzas con la Asociación Científica Española de Enfermería y Salud Escolar (Aceese) y la Asociación Valenciana de Enfermería Pediátrica (Aveped) para reclamar a la Consejería de Sanidad que se pronuncie respecto a las últimas noticias que hacen referencia a la modificación del artículo 59 de la Ley 10/2014 de Salud de la Comunidad Valenciana, en lo referente al informe de salud escolar, sobre todo porque el nuevo texto, según diversos medios, autorizaría a los docentes a administrar fármacos si así lo indica un informe médico.

Ante estas afirmaciones, como ya recogió DM, fuentes de Sanidad señalan que “la atención sanitaria de los escolares recae en el centro de salud de referencia del centro educativo, con el que está en permanente contacto y que dispone de todos los recursos para asistir a los menores si fuera necesario”.

En este sentido, matizan que “la única modificación prevista en el anteproyecto de la Ley de medidas fiscales y de gestión administrativa tiene por objeto que, en el caso de los niños sanos, no tengan que remitir a los colegios el informe escolar sobre la salud del menor que se hace cada cambio de ciclo. Únicamente aquellos que presenten patologías que necesiten algún tipo de adaptación curricular (por ejemplo, alergias para cambio de dieta) tendrán que presentarlo”. Por lo demás, afirman, “recuerda aspectos recogidos en resoluciones previas para la atención a estos niños con patologías, especialmente ante un caso de emergencia”.

Competencias propias de las enfermeras

Respecto a la visión de Sanidad, Inés Sánchez Pina, vocal III de la corporación alicantina, ha señalado que “nos preocupa especialmente cuando Sanidad afirma que recogerá aspectos de resoluciones previas para la atención de estos niños con patologías y especialmente ante un caso de emergencia, porque esta afirmación viene a confirmar que quieren modificar la ley para imponer una resolución que ha sido anulada por el TSJ-CV, y conseguir de esta forma imponer unas competencias a los docentes que son propias de las enfermeras”.

Sánchez Pina también ha señalado que “tampoco estamos de acuerdo con la eliminación del informe de salud escolar en los niños sanos que cambian de ciclo. Pensamos que desde Enfermería este informe habría que mejorarlo con propuestas para que no solo refleje el estado de salud del niño (niño sano o niño enfermo), ya que esta visión de salud-enfermedad es un modelo muy antiguo de la medicina y que no promueve la creación de hábitos de estilos saludables. Los informes de salud deben ir más allá y reflejar, por ejemplo, también diagnósticos enfermeros de conductas de riesgos”. 

Propuestas

El colegio alicantino recuerda que durante el pasado mes de junio, Sanidad solicitó a las sociedades científicas y colegios profesionales que se colaborase y se mandaran propuestas para la modificación del artículo 59 de la Ley 10/2014. En estrecha colaboración con Aveped y Aceese, se mandaron varias propuestas para mejorar este artículo a favor de una mayor seguridad de los escolares y, especialmente, en lo referente a los informes de salud de los alumnos con patologías crónicas.

Algunas de las propuestas mandadas fueron fomentar la comunicación bidireccional entre el centro escolar y la unidad básica de asistencia de su centro sanitario de AP de referencia formado por pediatra y profesional de Enfermeria -el centro educativo deberá mandar un listado actualizado con los alumnos que tengan enfermedad crónica o aguda incapacitante dirigido al coordinador de Enfermería del centro de salud adscrito, con periodicidad anual-.

Además, “los menores que tengan una enfermedad crónica o aguda incapacitante, deberán presentar un informe de salud que contendrá: prescripción de la medicación habitual, valoración de Enfermería actualizada y cuidados de Enfermería específicos. La encargada de emitir dicho informe será la unidad básica de asistencia de su centro sanitario de AP y/o especializada de referencia formada por pediatra y enfermera”.

Asimismo, se reclamaba “crear órganos de cooperación para la aplicación, desarrollo y seguimiento formados por un equipo multidisciplinar que incluya al menos las siguientes disciplinas: un profesional de la enseñanza, una enfermera especializada en pediatría y/o salud escolar, un pediatra y un psicopedagogo. Su función principal es establecer e integrar en el temario un Programa de Educación para la Salud en las Escuelas e Institutos (PESEI)”.

Por último, se pedía fomentar la implantación de la enfermera escolar en el centro educativo, que será el profesional de referencia que haga de nexo de unión entre las familias, el ámbito sanitario y el escolar. Para el colegio alicantino, “si se llevan a cabo estas modificaciones en la Ley de Salud sin tener en cuenta las aportaciones de los colectivos enfermeros, se volverá nuevamente a invadir dichas competencias poniendo en juego la seguridad del alumnado, sobre todo, de aquellos más vulnerables, como son los niños y niñas afectados de una patología crónica o con necesidades especiales”.

Cecova ha conseguido que el TSJ-CV anule la resolución que dictaba instrucciones que obligaban a los profesores a actuar e invadir competencias de la Enfermería. Off Enrique Mezquita. Valencia Profesión Profesión Off

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