El Juzgado de Instrucción número 2 de Orihuela (Alicante) ha condenado a una mujer a cuatro meses de prisión por agredir a un médico de familia en un centro de salud de la citada localidad.
La condena por el delito de atentado consumado también prohíbe que la usuaria se acerque a menos de 300 metros del domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro espacio frecuentado por el facultativo, que ha sido asistido jurídicamente por el Colegio de Médicos de Alicante (COMA) a través de su servicio de defensa gratuito para la colegiación.
Asimismo, impide que la condenada por cualquier medio de comunicación, informático o telemático, ya sea escrito, verbal o visual, por tiempo de un año y seis meses.
Dada la duración de la pena de prisión y la ausencia de antecedentes penales de la condenada, la sentencia recoge la suspensión de su ejecución "con la condición de que no vuelva a delinquir en el plazo de dos años".
La resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno en instancia superior, “salvo error o discrepancia de sus términos con los requisitos o los términos de conformidad”.
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