El Juzgado de Primera Instancia número 20 de Valencia ha condenado a un ginecólogo y una matrona de un centro privado de Valencia por una actuación contraria a la lex artis durante su actuación en un parto, que provocó la muerte de un bebé a los dos días de nacer por una encefalopatía hipóxico-isquémica severa por asfixia perinatal.
En concreto, ante los evidentes signos de sufrimiento fetal, no se ajustaron a los protocolos establecidos y, de hecho, el ginecólogo no acudió al centro para controlar el parto hasta cuatro horas después de que empezaran los mismos.
La sentencia, contra la que se puede interponer recurso de apelación en el mismo juzgado, condena a indemnizar a los padres del bebé con 200.000 euros en concepto de perjuicios, incluidos los morales, que serán asumidas por las aseguradoras de ambos profesionales como responsables civiles directas.
Según la sentencia, tras el examen de las actuaciones y el estudio de la prueba obrante en el caso, se acredita que "existió la negligencia o imprudencia omisiva que se imputa al personal sanitario, ginecólogo y matrona", además de señalar que el resultado de las pruebas practicadas permite "establecer una relación de causalidad entre la actuación de tales profesionales sanitarios y el lamentable desenlace del hijo de los demandantes".
El tribunal incide en que "la demora en la cesárea urgente e inmediata" fue desencadenante del fatal desenlace.
Ignorancia de los protocolos
En la denuncia se recogía que el ginecólogo que debía atender al parto "demoró durante más de cuatro horas su llegada" al centro sanitario, pese a los avisos recibidos, "dejando de valorar los datos reveladores de sufrimiento fetal presentes en las gráficas del registro cardiotocográfico del proceso de dilatación y sin que el demandado hiciera las pruebas requeridas".
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