El evidente "ambiente de crispación" que se está viviendo en la mayoría de las comunidades con los especialistas en formación obliga, según el sindicato CCOO, a abordar de forma urgente una negociación a nivel nacional para mejorar sus condiciones salariales y regular mejor su jornada.
Ésta es, en esencia, la petición que subyace en el escrito que la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO) ha registrado hoy en el Ministerio de Sanidad para modificar el Real Decreto 1146/2006, que regula la relación laboral especial de residencia, e introducir otra serie de mejoras que implican directamente a las comunidades.
El grueso de las peticiones que el sindicato ha elevado al departamento de Salvador Illa coinciden con las reivindicaciones que están detrás de las dos huelgas indefinidas convocadas, de momento, por los residentes, en Madrid y en la Comunidad Valenciana, y la que está prevista para finales de septiembre en Castilla y León: incremento retributivo en varias partidas, garantías formativas y de supervisión y mejoras en materia de jornadas y descansos.
El grueso de las peticiones coinciden con las que inspiran las 2 huelgas en curso
En lo que atañe a las competencias estatales, CCOO plantea la adopción de un acuerdo en el Consejo Interterritorial del SNS para modificar el 1146/2006 en sus artículos 5 y 6 (jornada y descansos y fiestas, permisos y vacaciones, respectivamente), de forma que ambos "se equiparen a las del personal estatutario, previo acuerdo en el Ámbito de Negociación del SNS".
Además, pide un incremento de las retribuciones del personal en formación reguladas por ese real decreto y, por tanto, competencia de la Administración central; es decir, las retribuciones básicas que cobran los residentes, y que son homogéneas para todo el SNS, y el llamado complemento de formación, que varía en función del año de residencia y que no se actualiza desde 2006.
El salario base y el complemento de formación no se actualizan desde 2006
En concreto, el sindicato propone que tanto esas retribuciones básicas como las de jornada complementaria (es decir, las famosas guardias, cuyo pago compete a las comunidades autónomas) se calculen "en un porcentaje por año de residencia respecto a las retribuciones del personal estatutario, según categoría y año de residencia".
¿Y las comunidades, qué?
Pero también las comunidades tienen deberes que hacer. Con respecto a las guardias, la Federación de Sanidad de CCOO pide que en todos los programas formativos se garantice un mínimo de 4 guardias al mes, "pudiendo elevarse este número a 5 de acuerdo con los planes formativos y con el visto bueno del jefe de estudios o tutor MIR correspondiente". Con "carácter excepcional", CCOO plantea que ese número de guardias pueda elevarse a 7, con el visto bueno del jefe de estudios o tutor y "siempre que el residente acepte voluntariamente su realización".
En materia de jornada laboral, las comunidades deben "respetar escrupulosamente" los descansos posteriores a una guardia y el descanso ininterrumpido de 36 horas semanales que establece la directiva europea de tiempo de trabajo, o de 72 horas en un periodo de 14 días "en el caso de que, por razones del servicio, no se haya disfrutado el descanso de 36 horas semanales".
En el aspecto salarial, además de revisar al alza el precio de la hora de guardia (como reclaman insistentemente los residentes en huelga), CCOO pide el cobro íntegro de las pagas extraordinarias (Madrid aún sigue sin pagarlas), que se retribuyan todos los desplazamientos a los que esté obligado el residente por cuestiones laborales o formativas, y que "en todos los casos en que la jornada complementaria genere un coste para el MIR, éste deberá reembolsarse". Se incluye, además, el derecho a percibir los trienios, como el personal estatutario.
Además, en materia estrictamente formativa, la Federación sindical exige el "estricto cumplimiento" de la normativa vigente respecto a la labor asistencial y las supervisiones del MIR por parte de los adjuntos, la regulación de las rotaciones externas, y que se permita al residente la asistencia, al menos, "a un congreso anual relacionado con su especialidad como permiso retribuido y computable como jornada ordinaria, así como aquellos congresos en los que le sean aceptados trabajos científicos y deban defenderlos o proceder a su exposición oral".
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