La abogada Isabel Marín Moral, del despacho Farmacia y Derecho, ha valorado la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el caso alemán Lindenapotheke. Considera que "es interesante por dos cuestiones". La primera, según detalla, porque "resuelve sobre si una farmacia competidora puede denunciar a otra (Lindenapotheke) y exigir una acción de cesación (en este caso, dejar de vender en Amazon) sobre la base de la prohibición de prácticas comerciales desleales" por haber violado el Reglamento General de Protección de Datos -RGPD-. La otra cuestión es la protección de los datos personales del usuario: "La farmacia que opera en el marketplace de Amazon queda sujeta a solicitar el consentimiento explícito del cliente para tratar sus datos personales previamente a la dispensación de medicamentos, aunque estos no estén sujetos a receta médica".
"El consentimiento explícito para tratar datos es independiente de que el fármaco precise o no receta", según el TJUE
En el fallo, el TJUE establece que "el consentimiento explícito para tratar datos, como el nombre del cliente, la dirección de entrega y los elementos necesarios para la individualización de los medicamentos, es independiente de que el fármaco precise o no receta". Y añade que "estos datos pueden revelar, mediante un ejercicio intelectual de relación o deducción, información sobre el estado de salud de una persona física identificada o identificable [...]. Establecer una distinción en función del tipo de medicamento y de si su venta está o no sujeta a receta médica sería contrario al objetivo de garantizar un nivel de protección elevado del RGPD", añade el tribunal.
Y...¿en la parafarmacia?
Si bien en España solo se permite la venta online de parafarmacia, ¿podría afectar aquí esta necesidad de pedir un consentimiento expreso del cliente? Según Marín Moral, "esta sentencia habla solo de medicamentos. Pero, obviamente, a la hora de comprar productos de parafarmacia, si un cliente quiere una crema para la rosácea, ya se está detectando que hay un problema dermatológico. En España no se pide al usuario un consentimiento explícito para sus datos, pero sí se puede abrir una espita".
"Si un cliente quiere una crema para la rosácea, ya se está detectando que hay un problema dermatológico"
Respecto al caso Lindenapotheke en sí, sobre el que se ha pronunciado el TJUE, Marín Moral destaca "la creatividad del abogado de la farmacia competidora quien, sabiendo que no podía impedir la venta de medicamentos de Lindenapotheke a través del marketplace de Amazon por tratarse de una práctica legal en Alemania, utiliza la ley de competencia desleal junto con el RGPD para argumentar que esa venta online es un acto ilegal por desleal. Al ser ilegal procede la suspensión de la venta online de medicamentos a través del marketplace de Amazon que hace la farmacia mientras no se garantice el cumplimiento normativo, que en el caso de autos es que los usuarios puedan dar su consentimiento explícito previo al tratamiento de datos relativos a la salud. Se trata de un rodeo legal para conseguir el cese de la venta de medicamentos de Lindenapotheke a través de Amazon y para eso utiliza la ley de competencia desleal y el RGPD".
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