El Ministerio de Sanidad, con el que ha contactado este medio, es claro: "No hay ningún cambio normativo previsto el 1 de noviembre y ninguna de las normativas que llevan en vigor desde 2019 afectan a la condición de beneficiarios del Sistema Nacional de Salud (SNS) de las personas que lo sean, ingresadas o no en residencias, y al pago a que están obligadas (o no) según su condición". Responde así al comunicado emitido ayer por la Asociación Estatal de Servicios Residenciales de la Tercera Edad (Aeste), donde esta reclamaba el derecho de acceso a medicamentos en residencias. Y lo hacía con el argumento de que "el Real Decreto 1345/2007 impedirá que las farmacias puedan adelantar medicamentos a las residencias a partir del 1 de noviembre".
Sobre este punto, Sanidad es taxativo: "Algunas de las prácticas descritas", como adelantar medicamentos, "pueden suponer incumplimientos de la normativa vigente, que son competencia de las comunidades autónomas y que les corresponderá valorar a los servicios de inspección". Y añade que "en todos los casos donde una oficina de farmacia intervenga en el suministro está obligada (por la normativa europea y nacional) a desactivar los identificadores únicos en el momento de la dispensación, desde 2019". Tras los periodos de adaptación de cada Estado miembro, Sanidad y Sevem marcaron que el periodo de estabilización en España (con la reducción del nivel de alertas a valores tolerables) estaba finalizado a fecha de 30 de septiembre.
"Algunas de las prácticas descritas pueden suponer incumplimientos de la normativa vigente"
De ahí que la Aemps emitiera una nota informativa recordando que "a partir del próximo 30 de septiembre de 2024 no se podrá suministrar ni dispensar ningún medicamento para el que se genere alerta en el sistema y no pueda descartarse una sospecha de falsificación". Desde Aeste indican que, por comunicaciones internas, les dieron una prórroga de un mes.
¿Cuál es el procedimiento? Cuando las residencias, según explica Sanidad, tengan servicios de farmacia o una oficina de farmacia asociada, esta "recibirá las prescripciones correspondientes a los residentes, realizará la desactivación/dispensación y suministrará el medicamento (con empleo de SPD o no, según cada cada caso). Hay muchas comunidades autónomas donde esto no es un problema, y los médicos pueden realizar directamente la prescripción en el SNS".
"En la Comunidad Valenciana los médicos de las residencias concertadas tienen capacidad de recetar dentro del sistema a los usuarios que tienen ingresados"
Sanidad desgrana la idea: "El problema no es dejar de desactivar los medicamentos, sino encontrar una forma en la que gestionar la parte de la facturación de esos medicamentos cuando el usuario tiene derecho a que estén cubiertos por la Seguridad Social. Esto no depende de Sanidad. La Comunidad Valenciana ya lo tiene solucionado sin que nosotros hayamos intervenido. En todo caso, lo pondremos de manifiesto en la reunión que tendremos el día 11 con la Comisión Permanente de Farmacia, a ver si encontramos alguna solución o podemos catalizar que las comunidades autónomas la busquen".
De hecho, Sanidad comenta que "en la Comunidad Valenciana los médicos de las residencias concertadas tienen capacidad de recetar dentro del sistema a los usuarios que tienen ingresados".
Dicho esto, y sin ligarlo solo a las residencias, farmacéuticos de la Comunidad Valenciana aclaran a este periódico que la dispensación ya es obligatoria vía código QR, independientemente de si facturas por código digital único -como ya hace Castellón- o por cupón precinto. Y añaden que "Sevem contempla, en toda España, un plazo de 10 días para anular una dispensación por QR y volverla a activar. Es decir, mecanismos existen".
La secretaria general de Aeste, Josune Méndez, declaró en el comunicado de ayer "las carencias del sistema”, y señaló que la Ley “no contempla la incompatibilidad de su aplicación con el modelo que han encontrado las distintas comunidades autónomas para hacer frente a las enfermedades agudas y las urgencias que surgen a diario en los centros residenciales".
Qué dice Europa sobre la excepcionalidad
Sanidad también rechaza el argumento de Aeste de que el RD de 2007 que traspone el Reglamento Europeo (UE) 2016/161 (la Directiva es de 2011, el Reglamento de 2016 y su entrada en vigor en 2019) "deja fuera de la flexibilidad farmacológica a los centros residenciales de las personas mayores". La realidad es que, según explica el Ministerio, "esta excepcionalidad es para cuando una residencia recibe directamente los medicamentos, no a través de una farmacia".
"Esta excepcionalidad es para cuando una residencia recibe directamente los medicamentos, no a través de una farmacia"
He aquí el porqué: "Teniendo en cuenta las múltiples particularidades que existen, tanto en la adquisición como en el consumo de medicamentos, la Unión Europea (UE) incluyó en su legislación una serie de entidades e instituciones dentro de la excepcionalidad para dar cabida a las características específicas de la cadena de suministro de los Estados miembros. Entre estas excepciones se encuentran, entre otras, las residencias de personas mayores. A estas se les permite, según el artículo 23 de la norma europea, que un mayorista verifique los dispositivos de seguridad y desactive el identificador único de un medicamento antes de suministrarlo".
Polémica por armonizar los SPD
El Ministerio, en su aclaración a este medio, también aborda la regulación de los Sistemas Personalizados de Dispensación (SPD), que se realizan al amparo del artículo 86.1 del RDL 1/2015. "En el marco del Comité Técnico de Inspección (CTI), las comunidades autónomas querían tener cierta armonización sobre qué requisitos aplicar y cómo inspeccionar esta actividad. Por ello elaboró un documento consensuado para preparar los SPD por parte de las oficinas de farmacia. Hay autonomías que en sus leyes de ordenación farmacéutica contemplan esta actividad".
"Tenemos un contencioso sobre este tema con una supuesta asociación (EAADD), que en realidad son unas farmacias de Barcelona"
Pues bien, Sanidad detalla que la situación ha evolucionado a "farmacias especializadas, que realizan esta actividad de forma cuasi-industrial, que compraron robots donde cargan un gran número de envases (no dispensados, no desactivados) y que sirven a un gran número de centros sociosanitarios. Tenemos un contencioso sobre este tema con una supuesta asociación (EAADD), que en realidad son unas farmacias de Barcelona que han recurrido el documento de consenso ante la jurisdicción contencioso-administrativa".
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