El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre de envases y residuos de envases establece que los productores tendrán que organizar y financiar la gestión de sus productos, de forma individual o colectiva, antes del 31 de diciembre de 2024. Es uno de los requisitos que fija el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) al transponer la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Miguel Vega, subdirector general de Sigre (entidad sin ánimo de lucro creada hace más de 22 años), ha desgranado este RD para nuestro medio, y extrae una conclusión principal: "El cambio más importante es la ampliación de la responsabilidad del productor del producto a otros envases de los que antes no era responsable". Es lo que se denomina responsabilidad ampliada del productor.
Sigre, ya en marcha
Para dar cumplimiento a estas nuevas obligaciones, los socios de Sigre (industria, distribuidores y farmacias) han decidido ampliar ya su ámbito de actuación, para lo que se ha presentado la correspondiente solicitud de autorización administrativa como sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP) de envases domésticos, comerciales e industriales.
Así lo ha adelantado el presidente de Sigre, Humberto Arnés, en el encuentro anual Industria+SIGRE, que se ha celebrado esta semana en Madrid y Barcelona, y que ha contado con la asistencia de más de un centenar de responsables de medioambiente de las compañías farmacéuticas: "Para Sigre se trata de un gran desafío a nivel organizativo porque supondrá organizar la gestión de los residuos de envases de medicamentos generados en más de 150.000 puntos distribuidos por toda la geografía española y alcanzar los ambiciosos objetivos de reciclado que se han establecido a nivel europeo para este tipo de envases", señaló.
Con la ampliación de su ámbito de actuación, Sigre no sólo asumirá la correcta gestión medioambiental de los residuos de medicamentos procedentes de los hogares, sino también la de los envases generados en todos los centros sanitarios (hospitales, clínicas, ambulatorios, etc.) y en las instalaciones del canal farmacéutico (distribuidores, operadores logísticos y farmacias).
¿Quién es este "productor del producto" al que se refiere el RD? Esto atañe directamente, por ejemplo, a los laboratorios y a la distribución farmacéutica: "El productor hay que identificarlo con la empresa que pone el producto en el mercado; en nuestro caso, el laboratorio farmacéutico. Este es el cambio fundamental, porque tiene unas implicaciones económicas muy importantes", explica Vega.
En cuanto a la distribución, el artículo 46 establece un sistema de depósito, devolución y retorno para envases reutilizables, donde entrarían las cubetas que llegan de los almacenes a las farmacias. "En el caso de la industria farmacéutica, esta tenía dos canales de venta fundamentales: uno para el ciudadano, a través de la farmacia, y otro para centros sanitarios. En ambos procesos utilizaba envases de agrupación y de transporte para hacer llegar los medicamentos a los sitios: una caja de cartón para agrupar los medicamentos, un pallet para transportarlos, un film retráctil para que no se caigan las cajas... Hasta este RD la industria farmacéutica solo era responsable del medicamento que llegaba al domicilio particular; y eso era lo que recogía Sigre. Todos los envases de agrupación y de transporte que se quedaban por el camino eran responsabilidad del centro que lo generaba; por ejemplo, un almacén de la distribución, cuando separaba el pallet y las cajas de agrupación para llevar los medicamentos en la cubeta a la farmacia, todo eso que se quedaba en su almacén, él tenía que gestionarlo y pagar la gestión", resume.
"El laboratorio que venda ahora un medicamento se tendrá que hacer cargo de todos los envases que hayan quedado por el camino" (Miguel Vega)
¿Qué ocurrirá ahora? "Ahora, estos envases que quedaban bajo la responsabilidad del centro donde se producía el residuo han pasado a ser responsabilidad de la empresa que ha vendido el producto", resume. "Es decir, el laboratorio que venda ahora un medicamento (ejemplo, uno al hospital y otro a la farmacia para el ciudadano) se tendrá que hacer cargo de todos los envases que hayan quedado por el camino, además de la unidad de venta que llega al domicilio. En el caso de los centros sanitarios, no solo de los envases del camino, sino también de la unidad de venta, que antes era responsabilidad del hospital", matiza.
Sobre esto recalca que en otro tipo de industrias este aumento de costes se puede hace repercutir en el precio. "Pero el problema de los medicamentos es que la mayoría de ellos van por el Sistema Nacional de Salud, tienen un precio intervenido, y el laboratorio no puede aumentar el precio, aunque tenga un incremento de costes. Sí lo podrán hacer los medicamentos de venta libre", sostiene.
Responsabilidad financiera
Vega pone el acento en otro aspecto: "También ha habido una ampliación de la responsabilidad financiera respecto a residuos que puedan caer fuera del sistema. Es decir, hasta ahora, si el ciudadano depositaba mal el residuo, el laboratorio no pagaba por la gestión del residuo mal depositado. Ahora mismo, por ejemplo, si aparece un medicamento en el campo o en una playa, la gestión que haga el Ayuntamiento (recogerlo, llevarlo a un sitio...) lo va a tener que pagar también el laboratorio".
Si bien el RD pone de plazo el 31 de diciembre de 2024 para que la asunción de estas responsabilidades esté en marcha, la responsabilidad financiera se retrotrae al 1 de enero: "Es decir, aunque yo me ponga en marcha en noviembre, tengo que asumir todos los costes desde el 1 de enero".
"Si aparece un medicamento en el campo o en una playa, la gestión que haga el Ayuntamiento la va a tener que pagar también el laboratorio" (Miguel Vega)
Por ello, aclara que esto también afecta a Sigre, que "va a ampliar su actividad, pagando retroactivamente desde el 1 de enero de 2024; por ello, nuestra idea es empezar antes de diciembre de 2024 y que a lo largo del primer semestre de 2024 ya esté todo montado; no esperar al límite, porque financieramente tengo que cubrir todo el año. Lo único que me puede hacer esperar es que para poder hacerlo necesito una autorización administrativa".
Esta es otra traba importante que puede convertirse en un cuello de botella, según indica: "Puede que haya un colapso en las administraciones". ¿Por qué? "Otro de los cambios de esta ley es que las autorizaciones dejarán de ser autonómicas. Habrá una única autorización nacional, donde tenga la sede social la empresa. ¿Qué pasa? Que casi todas la tenemos en Madrid; con lo cual, la Consejería de Medio Ambiente de Madrid se va a ver un poco saturada de expedientes, y esto puede hacer que no tengamos permiso para actuar, aunque estemos preparados, porque la Administración no haya tenido tiempo de tramitar nuestro expediente y no podamos actuar legalmente ".
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