El Tribunal Supremo ha rechazado llamar a declarar como testigos al ministro de Sanidad, Salvador Illa, y al director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, en el marco de un recurso contra la orden que reguló los desplazamientos de menores en el estado de alarma.
En un auto del 24 de septiembre, al que ha tenido acceso Efe, la Sala de lo Contencioso del alto tribunal considera "impertinente" la petición de un abogado que impugnó a título individual la orden ministerial de Sanidad del 25 de abril que reguló los paseos de los menores.
El Supremo también rechaza otras pruebas solicitadas, como la designación de varios peritos especialistas en epidemiología y medicina pediátrica para determinar si las medidas contenidas en la orden recurrida fueron justificadas, adecuadas y proporcionadas.
La Sala ha seguido el criterio de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía, que no consideraron necesaria la práctica de la prueba.
El abogado impugnó la orden al considerar que las medidas que implementaba, que tildó de "arbitrarias" e injustificadas, afectaban a una serie de derechos fundamentales y, por tanto, no deberían haber sido implementadas a través de una orden ministerial, sino de una ley orgánica, por lo que cree que se infringió el procedimiento legalmente establecido.
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