Echarla de su consulta en un centro de salud del Puerto de Sagunto (Valencia) y abrirle un expediente administrativo podría ser solo el comienzo. La Consejería de Sanidad de Valencia ha confirmado a este diario los graves hechos que han llevado a tomar estas medidas contra una médica contratada como refuerzo de vacaciones.
La facultativa pidió el ingreso forzoso de un paciente por "ser homosexual" y "un peligro para los niños" y para ello llamó a la Policía Nacional, que se personó en el centro sanitario. La Policía Nacional ha recibido una denuncia por lo sucedido y ha abierto una investigación por un posible delito de odio, según señala EFE.
Fuentes de Sanidad han explicado a Diario Médico, que la Consejería fue informada por el departamento de salud de Sagunto de la "apertura del expediente a la médico" y que también fue el mismo departamento de salud, el que decidió poner fin a la relación laboral.
Sanidad valenciana hace hincapié en que "estas decisiones se han adoptado de forma inmediata tras conocer los hechos" y ha destacado que "desde la gerencia del departamento se ha trasladado al paciente la disculpa en nombre de toda el área sanitaria".
Delitos y agravante
En todo caso, este tipo de conductas tienen un duro reproche penal, como explica el abogado Eugenio Moure.
"Existe claramente un delito de odio, tipificado en el artículo 510.2 a) del Código Penal, que se castiga con penas de prisión entre seis meses y dos años. También un delito de injuria, en este caso grave (artículo 208 del CP), con penas de tres a siete meses. Y otro contra la integridad moral (artículo 173.1), que puede acarrear prisión de seis meses a dos años".
Además, Moure considera que "podría aplicarse el agravante de abuso de superioridad, pues el ingreso forzoso viene de un personal sanitario, aunque habría que estudiar bien el contexto en el que se produjo (artículo 22.2 Código Penal)". En todo caso, advierte que al haber varios delitos (concurso de delitos), el cálculo de las penas es más complicado.
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