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lunes, 2 de noviembre de 2020

¿Qué se considera una imprudencia grave?

Consulta
soledadvalle
Lun, 02/11/2020 - 09:00
'Lex Artis'
Mazo judicial
Levantar la voz contra las pseudoterapias

Tal y como recoge el Tribunal  Supremo, el delito de imprudente aparece configurado, de una parte, por la infracción de un deber de cuidado interno, que obliga a advertir la presencia de un peligro cognoscible, y el índice de su gravedad. Por otro lado, por la vulneración de un deber de cuidado externo, que obliga a comportarse externamente de forma que no se generen riesgos no permitidos o, en su caso, a actuar de modo que se controlen o neutralicen los riesgos no permitidos creados por terceras personas o por factores ajenos al auto.

Las dificultades para delimitar entre los diferentes grados de imprudencia con la introducción de la categoría de imprudencia menos grave obliga a valorar el conjunto de circunstancias que rodean el suceso. No obstante lo anterior, la imprudencia es grave, equivalente a la temeraria del Código Penal derogado, cuando supone dejar de prestar la atención indispensable o elemental, comprendiendo tanto la culpa consciente como la inconsciente, ya que no es precisa una representación mental de la infracción por parte del sujeto.

Por tanto, se trata de aquellos casos en los que hay una ausencia de las más elementales medidas de cuidado causante de un efecto fácilmente previsible y el incumplimiento de un deber exigido a toda persona en el desarrollo de la actividad que ejercita. 

Si se trata de una imprudencia médica, hay que acudir al parámetro de la lex artis. Además, en relación con la imprudencia médica, sabido es que por regla general, el error en el diagnóstico no es tipificable como infracción penal, salvo que por su entidad y dimensiones constituya una equivocación inexcusable.

En consecuencia y salvo que se acredite que hubo dejación de los mas elementales deberes de cuidado, la calificación como grave resulta complicada, debiendo recordarse además que la imprudencia leve ya se encuentra despenalizada. 

Soy traumatólogo e intervine a un paciente de una fractura de húmero con lesión del nervio radial. Ahora afirma que las pautas para la recuperación del nervio radial no fueron las adecuadas y que, por tanto, hubo un diagnóstico erróneo, que le ha provocado unas lesiones aunque no las acredita. Me acusa de un delito de lesiones consecuencia de una imprudencia grave. L.S.A. (Madrid) Off Agustín Navarro Fornes, abogado del despacho Fornes Abogados Consulta Off

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