Oficina Virtual GRATIS 2 MESES

Oficina Virtual GRATIS 2 MESES
CONSIGUE TU OFICINA VIRTUAL GRATIS

jueves, 25 de febrero de 2021

Europa multa con 15 millones de euros a España por no trasponer una directiva de protección de datos

Política y Normativa
soledadvalle
Jue, 25/02/2021 - 16:37
TJUE
Bandera Europea
El Ejecutivo comunitario había solicitado imponer una multa de 15,5 millones de euros a tanto alzado y una sanción coercitiva de 89.548,20 euros por cada día de retraso en la transposición desde el día en que se dicte sentencia.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) impuso este jueves a España una multa de 15 millones de euros por no haber introducido a tiempo en la legislación nacional una directiva europea de protección de datos y le obliga además a pagar 89.000 euros al día mientras siga sin hacerlo.

La Comisión Europea había llevado a España ante la justicia comunitaria por no haber incorporado el ordenamiento jurídico nacional la Directiva de protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales pese a los avisos de Bruselas y solicitó aplicar una sanción ligeramente superior a la decidida por el Tribunal.

El Ejecutivo comunitario hizo una primera advertencia a España en julio de 2018, puesto que el plazo para transponer esta norma terminó en mayo de ese año, y emitió un segundo aviso en enero de 2019 puesto que España no respondió al primero dándole hasta el 25 de marzo de ese año para cumplir.

Sin mayoría parlamentaria

En su respuesta a este segundo dictamen, España indicó que estaba adoptando medidas para transponer la directiva y que el proceso debería concluir a finales de marzo de 2020, al tiempo que explicaba que el retraso se debía esencialmente a que el Gobierno había estado en funciones, sin mayoría en el Congreso, y la transposición necesitaba de una ley orgánica.

España reconocía no obstante el incumplimiento y que estas circunstancias institucionales excepcionales no permitían justificarlo, pero argumentaba que sí eran de relevancia al valorar la proporcionalidad de las sanciones que se pedían.

El Ejecutivo comunitario había solicitado imponer una multa de 15,5 millones de euros a tanto alzado y una sanción coercitiva de 89.548,20 euros por cada día de retraso en la transposición desde el día en que se dicte sentencia.

En el veredicto emitido este jueves, el Tribunal de Justicia confirma el incumplimiento por parte de España, puesto que el 25 de marzo de 2019 no había informado de las medidas para transponer la norma, según indicó en un comunicado. Y además determina que persistió en esta infracción puesto que el 6 de mayo de 2020, cuando terminó la fase escrita del proceso judicial, aún no había adoptado y ni comunicado las medidas necesarias para incluir la directiva en la legislación española.

Esta es la primera sentencia en la que el TJUE impone estos dos tipos de sanciones económicas al mismo tiempo, indicó la corte en un comunicado

Por lo tanto, le impone una multa coercitiva de 89.000 euros al día desde la emisión de la sentencia, este jueves, hasta que transponga la directiva para que ponga fin al incumplimiento lo antes posible, así como una multa a tanto alzado de 15 millones de euros como "medida disuasoria" para prevenir que se repitan infracciones similares en el futuro.

El Consejo de Ministros aprobó el 9 de febrero un proyecto de ley para regular el uso y la protección de datos personales utilizados en las investigaciones y enjuiciamiento de delitos, con la que se introducirá la directiva europea en la legislación española. Este será tramitado en el parlamento por la vía de urgencia. Esta es la primera sentencia en la que el TJUE impone estos dos tipos de sanciones económicas al mismo tiempo, indicó la corte en un comunicado.

La Comisión Europea había llevado a España ante la justicia comunitaria por no haber incorporado el ordenamiento jurídico nacional la Directiva de protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales. Off EFE. Bruselas Off

via Noticias de diariomedico.... https://ift.tt/3smkBju

No hay comentarios:

Publicar un comentario