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martes, 22 de marzo de 2022

Depakine: Un juez admite la relación entre los daños neuronales de tres niños y el consumo de valproato de sus madres

Política y Normativa
soledadvalle
Mar, 22/03/2022 - 17:05
Condena en el caso Depakine
 En España el Depakine (valproato sódico) ha sido comercializado desde 1980, indicado para el tratamiento de la epilepsia.
En España el Depakine (valproato sódico) ha sido comercializado desde 1980, indicado para el tratamiento de la epilepsia.

El Juzgado de Primera Instancia número 91 de Madrid ha condenado a la aseguradora Allianz Global Corporate & Specialty a indemnizar con cantidades que oscilan entre el 1.300.000 de euros y los 600.000 euros a tres niños por las secuelas que sufren desde que nacieron y que están relacionadas con que sus madres estuvieron en tratamiento con Depakine durante sus embarazos. 

La sentencia, con fecha del 17 de marzo de 2022, responde a la demanda presentada por cuatro menores, con problemas neuronales compatibles con el llamado "síndrome fetal por valproato". La sentencia recoge los estudios e informes científicos que avalan los efectos teratogénicos, es decir, susceptibles de provocar daños en el feto, del valproato sódico (Depakine). Estos efectos, según los estudios presentados por el abogado de los reclamantes, Ignacio Martínez, son conocidos desde el año 1980, cuando se describió que la exposición intrauterina al valproato ocasionaba alteraciones en el cierre del tubo neural (espina bífida) en los niños.

Posteriormente diferentes publicaciones científicas fueron confirmando que producía malformaciones compatibles con un fenotipo característico denominado síndrome fetal por valproato caracterizado por dismorfia facial, anomalías congénitas, retraso en el desarrollo, especialmente en el lenguaje y en la comunicación, y diversos trastornos compatibles con un espectro autista. En España el Depakine (valproato sódico) ha sido comercializado desde 1980, indicado para el tratamiento de la epilepsia. 

El juicio, que ha concluido con la condena de la aseguradora de la farmacéutica Sanofi, tuvo dos puntos claves: Por un lado, determinar si los daños que reclamaron los menores -algunos ya con la mayoría de edad cumplida en el momento que se ha conocido la sentencia- habían prescrito, como defendió la parte demandada. Y, la segunda cuestión, fue demostrar la relación de causalidad entre las afecciones por las que reclaman los menores y el consumo de Depakine de sus madres, sin que, además, fueran informadas.

Cuatro reclamantes, tres indemnizados

En relación a la prescripción del daño, el juez ha sentenciado que así ocurría en uno de los cuatro casos presentados, pues las secuelas de ese cuarto menor se estabilizaron en 2015 y, sin embargo, no presentó la demanda hasta 2019, con el resto, muy por encima el año hábil para recurrir que recoge el fallo. De este modo, han sido solo tres los reclamantes indemnizados, nacidos entre 2002 y 2007.

Sobre el punto clave y fundamental para la condena, que es demostrar la relación de causalidad entre el Depakine y los daños neuronales que alegan los menores, sin que mediara una información correcta, la sentencia recoge los informes periciales defendidos por las partes y por el médico forense.

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El médico forense recoge en su informe que: "En el caso de los tres actores que analizamos [la cuarta reclamación fue rechazada por haber prescrito] e
La compañía aseguradora de la farmacéutica Sanofi, dueña de Depakine, ha sido condenada en primera instancia a pagar indemnizaciones que rondan el millón de euros a cada afectado. Off Soledad Valle. Madrid Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Off

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