La nueva situación de contención del virus en muchas comunidades ya requiere de una actualización de las medidas que se recogen en la hoja de ruta que Sanidad marca junto a las comunidades. Hoy en el borrador de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de covid-19, al que ha tenido acceso EL MUNDO que va a ser objeto de debate en la Comisión de Salud Pública de esta tarde, se puntualizan los aforos de los eventos multitudinarios, el control de los aforos en la hostelería (interiores y terrazas) y la apertura de los parque infantiles.
Cabe recordar que, como explica el extenso documento, y en más de una ocasión ha subrayado la propia ministra de Sanidad, Carolina Darias, se trata de una serie de "recomendaciones de mínimos" que luego cada autoridad sanitaria autonómica puede revisar tanto desde el punto de vista del riesgo como de las necesidades de cada circunstancia particular.
Una de las puntualizaciones es que "durante los próximos meses, hasta que se alcancen unas coberturas vacunales de al menos el 70%, los territorios evaluados en los que los indicadores de riesgo estén en nivel de nueva normalidad, deberán mantener algunas medidas y recomendaciones" mínimas.
Discotecas: Por ejemplo, contener el virus en niveles inferiores a una incidencia acumulada a 14 días de menos de 25 casos permite abrir los locales de ocio nocturno, pero se seguirán las mismas recomendaciones que se recogen en el nivel de alerta 1. Esto es: no superar el 50% de aforo interior, las terrazas al 100% pero con mesas separadas 1,5 metros. Y no se da opción a recuperar la pista de baile, ya que el documento no lo contempla. El horario de cierre serán las 02.00h como máximo. Además, se establecerán registro de los asistentes para facilitar el trazado de contagios en caso de brote. Estos datos se conservarán durante 30 días por las autoridades sanitarias.
Hostelería y restauración: El aforo permitido será de 50% en interior pudiéndose incrementar en un 10% si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire. En las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas siempre asegurando la distancia entre sillas de diferentes mesas de al menos 1,5 metros. Se permite el servicio y consumo en barra, manteniendo la distancia antes mencionada. Las mesas tendrán un límite de 6 personas en interior y de 10 en exterior.
Parques infantiles: Las zonas de esparcimiento al aire libre, se mantendrán abiertos manteniendo las medidas de distanciamiento físico e higiene y prevención. No se cerrarán las zonas de juego infantiles, para favorecer el esparcimiento al aire libre y no en espacios cerrados. Habrá una prohibición de consumo de alcohol y vigilancia de que se cumplen las medidas de reunión establecidas en cada fase. Y se recomienda el cierre nocturno de aquellas zonas que lo permitan.
De momento la hoja de ruta, sin importar el nivel de alerta ni riesgo, conserva la medida de "mantener distancia interpersonal y el uso obligatorio de mascarilla en el espacio público salvo las excepciones previstas en la Ley 2/2021, de 29 de marzo".
Por otro lado, puntualiza cuándo se puede fumar en los espacios abiertos: "No se permitirá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de al menos dos metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados".
Eventos multitudinarios deportivos y culturales
En la hoja de ruta se especifica cómo deben realizarse la celebración de citas con aglomeraciones de público, tanto en espacios abiertos como cerrados. Sólo serán posibles en los niveles de riesgo medio a nueva normalidad, es decir, a partir de una IA descendente inferior a 150. Para valorar el riesgo asociado a los distintos eventos se seguirá lo establecido en el documento de Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por covid-19 en España.
En la práctica deportiva, en se seguirán las pautas recogidas de acuerdo a los protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes (Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales).
Así, como normas generales, en estos eventos se seguirán recomendaciones tales como la sectorización de zonas, garantías de distancias personales en áreas como pasillos (mínimo de dos metros), aseos y accesos. No se podrá comer en la mayoría de los casos, ni tampoco fumar, ni consumir cigarrillos electrónicos en el área del público. Se realizará un registro de los asistentes que custodiará Sanidad durante 30 días con el fin de seguir los pasos de una posible transmisión en caso de brote.
Al aire libre y de pie, según cada tramo será: nueva normalidad, 50% de aforo máximo, nunca superior a las 10.000 personas; nivel de alerta 1, 50% de aforo máximo, nunca superior a las 5.000. personas; nivel de alerta 2, 30% de aforo máximo, nunca superior a las 2.500 personas.
Al aire libre y sentado: mismos aforos máximos que de pie, con la salvedad de que se permitiría el consumo de bebida y comida en los dos niveles más bajos con una reducción del 50% del aforo en ambos, y un 30% en caso del nivel 2.
Fórmulas híbridas al aire libre: se contempla la modalidad de formas mixtas, sentados y de pie. Nunca la suma de ambas será superior a la máxima establecida de pie.
Espacios cerrados, sólo se admite la fórmula de público sentado. En los niveles más bajos, nueva normalidad y nivel 1, los aforos serán del 75%. En el nivel 2, del 50%. Eso sí, en cada tramo habrá un máximo de capacidad: nueva normalidad, no superar las 5.000 personas; nivel de alerta 1, no más de 2.500. personas; nivel de alerta 2, nunca superior a las 1.000 personas.
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