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miércoles, 20 de mayo de 2020

El uso obligatorio de mascarilla, a partir de los 6 años

Política y Normativa
manuelbustelo
20/ 05 / 2020
Covid-19
El Gobierno ha fijado un precio máximo para las mascarillas quirúrgicas desechables de 0,96 euros.
El Gobierno ha fijado un precio máximo para las mascarillas quirúrgicas desechables de 0,96 euros.

Tal y como avanzó el ministro de Sanidad, Salvador Illa, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles una orden que regula el uso obligatorio de mascarilla en determinadas situaciones a partir de este jueves, 21 de mayo.

En concreto, la norma detalla que será obligatorio el uso de mascarillas "en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros".

Aunque no fija obligatoriedad en niños menores de seis años, la orden también recoge que su uso es "recomendable" en la población infantil entre 3 y 5 años.

¿Qué tipo de mascarillas se deben utilizar?

 Pero, ¿cuáles son las mascarillas que se deben utilizar para cumplir esta norma? Pues bien, al respecto la orden determina que se permite "el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca".

Sobre la finalidad que persigue esta orden, el texto publicado en el BOE asegura que "el uso generalizado de mascarillas por parte de la población general para reducir la transmisión comunitaria del SARS-CoV2 está justificado no solo por su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad".

Excepciones

La orden también recoge cuatro excepciones en la que no será obligatorio el uso de mascarilla:

  • Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
  • Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

En una de las disposiciones finales del texto se recoge también que "contra la presente orden, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa".

 

La norma, publicada en el 'BOE', explica que deberá utilizarse "siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros". coronavirus Off Manuel F. Bustelo Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Off

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