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martes, 15 de septiembre de 2020

¿Puede reclamarse en lo Penal responsabilidades por Covid-19?

Política y Normativa
soledadvalle
Mar, 15/09/2020 - 11:28
Reclamaciones
Dolores Delgado, Fiscal General del Estado.
Dolores Delgado, Fiscal General del Estado.

Los juzgados y tribunales están respondiendo a la primera oleada de reclamaciones por la pandemia, lo que ayuda a extraer algunas conclusiones. La primera es que la vía penal no va a ser un camino fácil. Es decir, presentar una querella contra el nivel de la Administración que se considere responsable de los fallecimientos por Covid-19, por una mala gestión, no tiene muchos visos de prosperar. 

La Fiscalía ha sido la primera en poner una enorme piedra en ese camino con su petición al Tribunal Supremo de que no admita a trámite las más de 20 querellas interpuestas a lo largo del Estado de Alarma contra el Gobierno de Pedro Sánchez por la gestión de la pandemia, al considerar que no se puede abrir una causa general contra el Ejecutivo. 

En un informe de 300 páginas, el teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, aborda las veinte querellas interpuestas contra los miembros del Ejecutivo de forma individualizada sin entrar en consideraciones genéricas aunque sí comparte argumentaciones, según informa EFE

Las querellas se dirigen en algunos casos contra el Gobierno al completo y en otras contra el presidente, Pedro Sánchez, el vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, o los ministros de Sanidad e Interior, Salvador Illa y Fernando Grande Marlaska, por delitos como homicidio y lesiones imprudente, prevaricación administrativa, contra la seguridad de los trabajadores o desobediencia. 

Asegura que "resulta contrario a las reglas de la lógica y la sana crítica pensar que el conjunto de administraciones que integran la Administración pública española, a pesar de su distinto signo ideológico y político, y de los distintos intereses en juego, obraron, sin excepción, de modo poco diligente, atendido el estado de la ciencia y la técnica existentes con anterioridad al 14 de marzo". 

"Resultando aún más absurdo -continúa- pensar que no sólo la totalidad de las administraciones públicas españolas se mostraron negligentes en la gestión de la crisis del Covid-19, sino también las administraciones competentes en materia sanitaria pertenecientes al resto de países de nuestro entorno cultural". 

La querella de CESM

Ya entrando en el caso concreto, una de las querellas más mediáticas fue la presentada por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) contra Illa, por un delito contra la seguridad de los trabajadores, donde pedía investigar las gestiones para la adquisición de material de protección, los controles y los requisitos exigidos para su compra. 

La Fiscalía sostiene que CESM atribuye al ministro responsabilidad criminal "a todas luces difusa y genérica" y no por su "concreta intervención" en los hechos, sino "en atención" a su cargo, y concluye que la querella "no aporta principio de prueba bastante para justificar otra decisión distinta a su archivo". 

El Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España 

El mismo criterio sigue la Fiscalía con la querella que el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España interpuso contra Sánchez e Illa, donde les reprochan "falta de previsión" y de medidas para proteger a los trabajadores sanitarios. 

También aquí el fiscal ve "manifiesta indeterminación de los hechos atribuidos" sin "elemento probatorio alguno que avale el objeto de la querella", y subraya "lo genérico" de la querella, "que pretende ser una 'causa general' contra el Gobierno y en concreto contra Sanidad por la gestión de la crisis sanitaria. 

Niega la existencia de un delito de los trabajadores porque "las referencias genéricas sobre la falta de equipos de protección y la falta de control de los adquiridos nos impide determinar que la conducta suponga una vulneración de la normativa". 

Y en cuanto al homicidio imprudente, el fiscal afirma que "los querellantes se han limitado a atribuir a los ministros muertes sin identificar, en ocasiones al fallecido, ni las condiciones en que se produjo su contagio".  

Tras esta petición del Ministerio Fiscal, ahora corresponde a la Sala de lo Penal del Supremo decidir si sigue el criterio de la Fiscalía y rechaza las querellas o, en cambio, inicia una investigación respecto de ellas. Mientras tanto, la Fiscalía elabora el otro informe pendiente de remitir al alto tribunal, sobre la treintena de denuncias contra el Ejecutivo.

Auto de un juzgado de Leganés

Mientras, en los juzgados encargados de admitir estas querellas tampoco parece que la cuestión esté siendo sencilla. Este lunes, 14 de septiembre, se conoció el auto de inadmisión de la querella presentada por once familias en contra de los directores de cuatro residencias de Leganés, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y cuatro consejeros de su Gobierno. 

Se les acusaba de la supuesta comisión de los delitos de homicidio imprudente, lesiones imprudentes, omisión del deber de socorro, trato degradante y prevaricación.

Pues bien, la magistrada afirma en el auto que de los hechos detallados  "no se deduce la existencia de indicios racionales de criminalidad", pues lo que hacen es describir "la dolosa situación por la que han atravesado once familias en relación a familiares suyos que han enfermado y en algunos casos fallecido" por la pandemia.

Opinión de varios abogados

Ante esta situación, DM ha preguntado a un grupo de abogados expertos en Derecho Sanitario si le parece útil la vía penal para resolver las posibles responsabilidades ligadas a la pandemia.

Eugenio Moure.

Eugenio Moure ha respondido que "la responsabilidad penal es inversamente proporcional a la cercanía del presunto responsable con el perjudicado. Por lo tanto, por este orden, enfermeras, médicos, directores de residencias y cargos públicos están, de más a menos, expuestos a la acción penal".

Por eso, confiesa que "cree en la vía penal frente a los profesionales y/o los directores de las residencias que haya actuado negligentemente. Es decir, siempre que se haya producido una abandono terapéutico o una deficiente aplicación de los protocolos que fueron aprobados ya en el mes de marzo".

Sin embargo, ha señalado "no creo que la vía penal permita condenar a un ministro, a un presidente autonómico o a un director general, como regla general. Es muy difícil establecer una relación causal entre sus decisiones y la muerte de un residente. Además de que no debemos olvidar el principio de mínima intervención del Derecho Penal".

Si bien añade, que "eso no quita para que en ocasiones proceda la vía penal" y afirma:"Tengo una querella admitida a trámite en un juzgado de primera instancia e instrucción contra la directora de una residencia por el fallecimiento de una residente".

El también abogado Francesc José María i Sánchez asegura que los sanitarios perjudicados por falta de material de protección en el trabajo "pueden acudir a la vía penal contra los responsables de las empresas [o de las Administraciones] en las que se ha expuesto al riesgo de contagio por falta de equipos de protección, planteando un concurso ideal de delitos : contra los derechos de los trabajadores por la creación de peligro y de lesiones u homicidio imprudentes por el resultado".

Francesc José María

Sin embargo, aclara  que "no creo que dichas acciones penales tengan mucho recorrido puesto que la falta o insuficiencia de equipos de protección durante las primeras semanas de la pandemia era más que notoria por rompimiento de los stocks a nivel mundial. Además hay que tener en cuenta que en los servicios de atención a las personas -sanitarios o residenciales-  no es aplicable la paralización de la actividad, puesto que es necesario garantizar la continuidad asistencial aunque las empresas no puedan proporcionar la protección adecuada a sus trabajadores".

En relación a los usuarios de estos servicios, apunta que "solo podría prosperar una acción penal en el supuesto de que se hubiera  producido una dejación de funciones  o abandono por parte de los responsables de los dispositivos asistenciales". Reconoce que "es aun más difícil tipificar como delito los errores que hayan podido cometer las autoridades -gobiernos central o autonómicos- en la gestión de la crisis sanitaria".

Alberto Salván, por su parte, afirma que "Salvo supuestos concretos, en general, la vía penal no me parece que sea la vía adecuada, porque entiendo que no hay una responsabilidad de esta índole". En general, creo que "en España se abusa de esta vía y en este caso cabe más exigir responsabilidades en el ámbito patrimonial utilizando los juzgados y tribunales de lo Contencioso-administrativo. Porque es evidente que ha habido una mala gestión". 

 

El Ministerio Fiscal quiere cerrar esa vía para reclamar a los políticos y varios abogados expertos en Derecho Sanitario opinan sobre esta iniciativa. coronavirus Off Soledad Valle Política y Normativa Política y Normativa Off

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