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jueves, 4 de febrero de 2021

Publicado el convenio para la realización de test de antígenos en farmacias de Madrid

Política y Normativa
carmentorrente
Jue, 04/02/2021 - 08:42
Crisis sanitaria
Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, y Luis González Díez, presidente del COF de Madrid, en una farmacia de la capital.
Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, y Luis González Díez, presidente del COF de Madrid, en una farmacia de la capital.

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha dado este jueves el pistoletazo de salida para la realización de test de antígenos en farmacias y en clínicas dentales, con la publicación de ambos convenios. El convenio firmado entre la Consejería de Sanidad de Madrid y el COF de Madrid el pasado 26 de enero fija los compromisos tanto del COF como de la Comunidad de Madrid. Eso sí, establece que ambas partes asumirán los costes que se deriven del cumplimiento de dichas obligaciones con sus propios medios disponibles. Es decir, los farmacéuticos no reciben ninguna remuneración extra por el servicio, que es de carácter voluntario.

Este convenio estará vigente durante el período de un año desde la fecha de su firma. Antes de la finalización de dicho plazo o de cualquiera de sus prórrogas, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por períodos de tiempo que, en su totalidad, no superen los cuatro años adicionales o bien, acordar su extinción

Ya la Orden 36/2021 de 19 de enero, publicada el 21 de enero, establecía que se trata de pruebas diagnósticas a efectos de cribado, que obedecen a criterios científicos y excluyen las pruebas diagnósticas indiscriminadas o sin justificación expresa de los objetivos de salud.

Ahora, en este convenio, figura en su disposición segunda que el COF de Madrid adquiere nueve compromisos:

  • Contribuir a la difusión de esta acción en todas las oficinas de farmacia y su aplicación efectiva.
  • Contribuir a la difusión del procedimiento para la realización de pruebas de detección de la infección por SARS-CoV-2 en la oficina de farmacia.
  • Gestionar la incorporación de las oficinas de farmacia que voluntariamente participen en el objeto del presente convenio para realizar las pruebas en sus establecimientos, así como elaborar y mantener actualizado un listado de aquéllas que se encuentren adheridas a este convenio. La farmacia deberá cumplimentar el “Formulario de declaración responsable y solicitud de adhesión al programa de realización de pruebas de detección de infección por SARS-CoV-2 en la oficina de farmacia” que se adjunta como Anexo 1 y remitirlo al COFM para su posterior traslado a la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria de la Consejería de Sanidad.
  • Contratar un gestor de los residuos generados en la realización de los test.
  • Recoger y distribuir entre las oficinas de farmacia adheridas al convenio los test rápidos de antígenos si fuera necesario.
  • Remitir a la Consejería de Sanidad los datos obtenidos de las pruebas realizadas en las oficinas de farmacia en tiempo real y de forma automatizada, de acuerdo con las indicaciones de la Dirección General de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios, cumpliendo con la normativa aplicable en materia de protección de datos y seguridad de la información.
  • Cumplir con las instrucciones que en cada momento proporcione la Consejería de Sanidad, así como colaborar y coordinarse con ella en relación con las acciones previstas en el presente convenio.
  • Informar a los farmacéuticos titulares de las oficinas de farmacia adheridas acerca de las obligaciones relativas a la gestión de los residuos generados durante la realización de las pruebas para garantizar el cumplimiento por parte de las Oficinas de Farmacia de lo establecido en el Anexo 2 y sufragar inicialmente el coste de la contratación del gestor de residuos correspondiente.
  • Tener suscrita la correspondiente póliza de Seguro de Responsabilidad Civil.

 

Por su parte, la Consejería de Sanidad de Madrid adquiere cuatro compromisos:

  • Dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos de este convenio.
  • Gestionar las aplicaciones informáticas que serán la herramienta utilizada para la citación de los pacientes en las farmacias y el traslado de datos a la Consejería de Sanidad.
  • Proporcionar al COF de Madrid un número suficiente de test rápidos de antígenos para realizar la prueba a todas las personas que sean derivadas a la red de farmacias adheridas al convenio.
  • Aportar los equipos de protección individual necesarios para la realización de los test por parte de las oficinas de farmacia.

Cómo se gestionarán las citas

El convenio establece que el COF de Madrid trasladará periódicamente a la Consejería Sanidad la disponibilidad de recursos de las diferentes zonas sanitarias, "informando de posibles incidencias que afecten a la organización y trasladando a la Consejería los datos de farmacias y número de citas por unidad de tiempo disponibles".

La Consejería asignará las citas a los ciudadanos, derivándolos a las distintas oficinas de farmacia disponibles en la zona correspondiente. La citación que se pondrá a disposición del ciudadano estará prevista en una franja horaria para poder planificar las correspondientes citas con día y hora exacto.

La Consejería comunicaría al COF la planificación de realizar test en una zona y el COF facilita la disponibilidad de farmacias para asumir las citas.

Entre tanto, ya hay más de 140 farmacias de la Comunidad de Madrid a la espera de recibir pacientes y, por tanto, en condiciones de realizar test de antígenos.

El 'Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid' da luz verde al documento firmado entre la Consejería de Sanidad y el COF de Madrid, que asumirán los costes del servicio. Off Carmen Torrente Villacampa Política y Normativa Farmacia Comunitaria Política y Normativa Política y Normativa Off

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