Hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea llegan las cuestiones más variopintas. Este jueves, el órgano judicial de la Unión ha respondido a una consulta prejudicial planteada desde Austria y que está relacionada con los daños generados por los malos consejos sobre la salud que aparecieron publicados en medios de difusión general.
En relación a esta cuestión, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha apuntando que no puede aplicarse la Directiva europea relativa a la responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos para condenar estas actuaciones ni para buscar un posible resarcimiento del daño.
En definitiva, el TJUE considera que un consejo de salud "inexacto", publicado en un periódico impreso y que se refiere al uso de otro bien corporal, queda fuera del ámbito de aplicación de la Directiva relativa a la responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos y no puede conferir carácter defectuoso a dicho periódico ni puede generar, sobre la base de la citada Directiva, la responsabilidad objetiva del "productor", ya sea el editor o el impresor de ese periódico o incluso el autor del artículo.
La resolución del tribunal afirma que un artículo en un periódico impreso, que da un consejo de salud inexacto relativo a la utilización de una planta y cuyo seguimiento ha causado un daño a la salud de un lector, no constituye un producto defectuoso en el sentido del Derecho de la Unión. Por lo tanto, dicho artículo no puede generar la responsabilidad objetiva del editor o del impresor de dicho periódico conforme a la Directiva sobre responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos.
Pero, dentro de estas informaciones "inexactas" -que podrían calificarse de fake news, en algunos casos- hemos visto muchos ejemplos durante esta pandemia. Pues bien, el caso sobre el que el TJUE se pronuncia hoy es de una publicación en Austria donde parece que hubo "un error" en el consejo.
El caso que se juzga
KRONE Verlag es una empresa editorial domiciliada en Austria. Es propietaria de medios de comunicación y editora de una edición regional del periódico Kronen-Zeitung. El 31 de diciembre de 2016 publicó en este medio un artículo sobre los beneficios de la aplicación de rábano picante rallado, firmado por un miembro de una orden religiosa que, en su condición de experto en el ámbito de las hierbas medicinales, da consejos gratuitos en una columna publicada diariamente por el periódico.
El artículo cuestionado hablaba sobre los beneficios del rábano picante rallado para el dolor reumático
El artículo estaba redactado como sigue: "Alivio del dolor reumático: "El rábano recién rallado puede ayudar a aliviar los dolores que aparecen en el curso de un proceso reumático. Las partes afectadas se untan primero con un aceite vegetal viscoso o con manteca de cerdo, antes de aplicar el rábano rallado y presionarlo. Esta capa puede dejarse actuar perfectamente entre dos y cinco horas, antes de retirarla. Este remedio ejerce un beneficioso efecto revulsivo".
Sin embargo, "la duración de dos a cinco horas indicada en el artículo para la aplicación de la sustancia era inexacta, ya que se utilizó el término horas en lugar de minutos", según explican desde el TJUE.
La demandante, una ciudadana austriaca, confiando en la duración del tratamiento indicada en el artículo, aplicó esta sustancia en la articulación de su pie durante unas tres horas y solo la retiró tras haber experimentado fuertes dolores debido a una reacción cutánea tóxica.
La afectada demandó a la editorial
Al considerar que había sufrido un daño, la demandante presentó contra KRONE Verlag una demanda de indemnización de los daños corporales. Dado que dicha demanda fue desestimada en primera instancia y en apelación, la demandante interpuso un recurso de casación ante el Oberster Gerichtshof (Tribunal Supremo de lo Civil y Penal de Austria), que elevó la pregunta al TJUE.
El Tribunal de Justicia ha aclarado que no constituye un «producto defectuoso», en el sentido de la Directiva relativa a la responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos, un ejemplar de un periódico impreso que, tratando de un tema paramédico, da un consejo de salud inexacto, relativo a la utilización de una planta y cuyo seguimiento ha causado un daño a la salud de un lector de ese periódico.
Sin embargo, el Tribunal de Justicia precisa que, si bien la responsabilidad objetiva por los daños causados por productos defectuosos prevista por dicha Directiva no es aplicable al presente asunto, sí que pueden serlo otros regímenes de responsabilidad contractual o extracontractual basados en fundamentos diferentes, como la obligación de saneamiento por vicios ocultos o la culpa.
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