Oficina Virtual GRATIS 2 MESES

Oficina Virtual GRATIS 2 MESES
CONSIGUE TU OFICINA VIRTUAL GRATIS

miércoles, 2 de marzo de 2022

Así afecta la reforma laboral a la farmacia

Farmacia Comunitaria
aliciaserrano
Jue, 03/03/2022 - 08:00
Laboral
Pedro Sánchez, presidente del Gobierno; Nadia Calviño, vicepresidenta primera, y Yolanda Díaz, ministra de Trabajo, celebrando la aprobación de la reforma laboral.
Pedro Sánchez, presidente del Gobierno; Nadia Calviño, vicepresidenta primera, y Yolanda Díaz, ministra de Trabajo, celebrando la aprobación de la reforma laboral.

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha sido la principal impulsora de la nueva reforma laboral.

El pasado 31 diciembre de 2021 entró en vigor el Real Decreto-ley 32/2021 de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. Este decreto -que se aprobó in extremis con el consenso entre patronal y sindicatos, y gracias al apoyo de un diputado de la oposición que se equivocó al votar- busca actualizar los derechos de los trabajadores a la realidad del mercado laboral y supondrá profundos cambios para las empresas. ¿Qué implicaciones tiene para las oficinas de farmacia y para sus trabajadores?

El gran objetivo de esta reforma es llevar las relaciones laborales hacia un modelo más justo que ayude a desterrar el desasosiego de la precariedad en algunos trabajadores, aunque es cierto que en el sector de las oficinas de farmacia apenas hay desempleo y la inestabilidad laboral es testimonial. De hecho, las relaciones laborales en el seno de estos negocios se caracterizan por una escasa temporalidad en los contratos. Hay que recordar, además, que el propio convenio colectivo de farmacia establece en su artículo 12 que las boticas tienen que tener un número de contratos indefinidos superior al de eventuales.

La mayoría de las contrataciones en el sector son indefinidas, salvo contadas excepciones. De hecho, casi todas las temporales obedecen a causas de sustitución de trabajadores en procesos de incapacidad temporal, maternidad o paternidad”, recuerda Elena Ropero López, del Departamento Laboral de Orbaneja Abogados.

Contrataciones

La reforma laboral afecta a las farmacias en materia de contratación, como también sucede con el resto de sectores. La principal medida es la reducción de la modalidad contractual temporal, que ahora está simplificada en dos tipos: circunstancias de la producción y contrato de interinidad.

“El contrato por circunstancias de la producción viene a remplazar al contrato eventual y su duración a seis meses, ampliable hasta doce meses por convenio colectivo. Además de estos dos contratos, el de prácticas reduce su duración a 12 meses (antes dos años)”, explica a CF José Gabriel de Alva Unceta, responsable del Departamento Laboral de TSL Consultores.

En su opinión, prescindir del contrato eventual es una mala noticia para el titular farmacéutico, e incluso contraproducente para el mercado laboral, ya que el pequeño empresario puede estar reticente a contratar. “ A pesar de ello, es cierto que se reduce la temporalidad en la empresa y ello beneficia al trabajador”, recalca.

Desde Asefarma recuerdan que uno de los principales objetivos de esta reforma es acabar con el recurso de la contratación temporal injustificada. Ello no significa que no puedan realizarse contrataciones temporales bajo la modalidad de contrato por obra o servicio, sino que se pretende que el contrato eventual tenga un origen causal y que la contratación indefinida sea la generalidad.

“La mayoría de los trabajadores de las oficinas de farmacia tienen suscritos con la empresa contratos indefinidos, puesto que en la botica este tipo de contrato es la regla y la eventualidad la excepción, estando circunscrita a unas necesidades puntuales”, asegura Eva Mª Illera, responsable del Departamento Laboral de Asefarma.

No obstante, recuerda que la eventualidad en determinados sectores puede ser una causa de pérdida de competitividad debido a que desincentiva la inversión en formación y genera una mayor rotación del personal. “Todo lo que pueda resultar una oportunidad para aumentar la competitividad siempre será una buena noticia para la empresa y sus trabajadores”.

Por su parte, Ropero explica que los antiguos contratos de formación y en prácticas también van a ver reducida su duración. “Pasan de ser de tres meses hasta un máximo de dos años en el caso de los primeros; y de seis meses y hasta un máximo de un año en los contratos en prácticas. Y es que la nueva reforma laboral busca combatir la temporalidad excesiva y fortalecer el contrato indefinido para garantizar un mercado laboral más estable”, dice.

Estas son las novedades fiscales, jurídicas y laborales para 2022, Cosmética de lujo en el corazón de Puerto Banús , Obligaciones laborales que ‘se olvidan’
Contrato fijo-discontinuo En la nueva reforma laboral también desaparece el contrato por obra o servicio, pero en el caso de este sector no son emp
A pesar de que las boticas no tienen mucha temporalidad y el empleo es bastante estructural, la recién aprobada reforma laboral también les afecta en materia de contratación, como al resto de sectores. Off Alicia Serrano. Madrid Off

via Noticias de diariomedico.... https://ift.tt/9s58SFp

No hay comentarios:

Publicar un comentario