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sábado, 2 de julio de 2022

Claves en la regulación de la dispensación del cannabis medicinal

Política y Normativa
manuelbustelo
Dom, 03/07/2022 - 07:00
La Aemps dispone de seis meses
El informe sobre el uso medicinal del cannabis fue debatido y votado por la Comisión de Sanidad del Congreso a principios de esta semana, donde se rechazó su elevación al Pleno.
El informe sobre el uso medicinal del cannabis fue debatido y votado por la Comisión de Sanidad del Congreso a principios de esta semana, donde se rechazó su elevación al Pleno.

¿Cuál es el siguiente paso en la regulación del cannabis para uso medicinal después de que la Comisión de Sanidad del Congreso haya debatido y votado el informe sobre su utilización? ¿Por dónde podrían ir los ajustes normativos que debe realizar ahora la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) para dar cobertura legal a este uso medicinal y a las labores de dispensación? ¿Qué plazos se han fijado para ello? ¿Sería posible que esta adaptación normativa fuese similar a otras ya existentes? Son algunas de las preguntas que estos días se hacen muchos farmacéuticos de hospital y comunitarios en torno al desarrollo de una regulación que les permitiría, en un futuro no muy lejano -según las estimaciones de la Administración-, contribuir a garantizar la disponibilidad de medicamentos derivados de cannabis para su uso terapéutico.

En primer lugar, y para situar el escenario, el informe sobre el uso medicinal del cannabis fue debatido y votado por la Comisión de Sanidad del Congreso a principios de esta semana, donde se rechazó su elevación al Pleno. Esto supone su remisión directa a la Aemps para que, en un plazo de seis meses, elabore los protocolos necesarios que permitan dispensar estos derivados del cannabis.

Dicho informe recoge como una cuestión "a valorar" la manera en que "los servicios de farmacia competentes puedan elaborar fórmulas magistrales a partir de extractos o preparados estandarizados de cannabis para su uso directo en determinados casos, asegurando su estabilidad y uniformidad" y habla de "preferencia" en las farmacias hospitalarias, eso sí, abriendo la puerta a explorar la alternativa de las farmacias comunitarias que puedan reunir los requisitos". También contempla "arbitrar mecanismos para facilitar el acceso de los pacientes a las fórmulas magistrales dispensadas por los servicios de farmacia hospitalaria", y se haría en coordinación con las comunidades autónomas, cuando las condiciones del paciente o la distancia a los servicios lo requieran.

¿Es un plazo factible?

Con esta realidad, el siguiente paso en el proceso de regulación sitúa la pelota en el tejado de la Aemps, que dispone de seis meses para elaborar el desarrollo normativo en torno a la dispensación del cannabis medicinal. Sin embargo, toca preguntarse si ese plazo es factible y permitirá contar con pautas concretas a finales de este año, o si aún es pronto para garantizar fechas concretas. De hecho, la propia directora de la Aemps, María Jesús Lamas, tal y como ha recogido este periódico, pedía cautela, ya que la agencia debe, en primer lugar, estudiar detenidamente las recomendaciones recogidas en ese informe antes de poder lanzar estimaciones de tiempo.

En cuanto a qué ajustes normativos podrían ser necesarios en la regulación del cannabis medicinal, fuentes técnicas próximas a la Administración han explicado a este medio que existen posibles escenarios, en función de si la Aemps percibe particularidades o complejidades que haya que tener en cuenta.

Según señalan estas fuentes, podría bastar con la inclusión en el formulario nacional del principio activo y recoger esto a través de una resolución; o también, si finalmente se entiende que el asunto es más complejo, publicar una orden ministerial o elaborar un real decreto al respecto que articule su regulación. Esto último se daría, sobre todo, si la Administración entiende que es necesario introducir especificidades que delimiten adecuadamente su uso sanitario frente al recreativo.

Desde el ámbito profesional

Más allá de cuál sea la vía normativa por la que se opte y de los trabajos que lleve a cabo la Aemps para protocolizar la dispensación del cannabis medicinal, los farmacéuticos tanto del ámbito comunitario como del hospitalario comparten que el circuito que siguen los estupefacientes puede ser una excelente base sobre la que trabajar y de la que tomar ejemplo.

"Entendemos que el circuito legal del cannabis medicinal puede ser el mismo que siguen actualmente los estupefacientes, que los prescribe el médico de primaria y se dispensan en farmacia comunitaria cumpliendo estrictamente con una serie de medidas y cautelas. Pensamos que puede ser un mecanismo que se adapte bien a ello", señala a este periódico Eduardo Satué, vicepresidente segundo de la Sociedad Española de Farmacia Clínica, Familiar y Comunitaria (Sefac).

"Ya tenemos unos procedimientos de control de sustancias con riesgo de abuso y dependencia, que son los estupefacientes. Los cannabinoides se pueden adaptar a esas medidas de control y lo que creemos es que no es necesario crear algo nuevo, sino adaptarlo a lo que ya existe", añade. Además, asegura que los resultados obtenidos hasta la fecha son un buen aval. "La regulación de los estupefacientes funciona bien, ha demostrado que permite un buen control y es conocida por los médicos de familia y por los farmacéuticos comunitarios, tanto a nivel de especialidades farmacéuticas realizadas por la industria como a nivel de la formulación magistral -que también cuenta con una regulación-. Es un marco ya creado y que puede replicarse, más allá de que la Aemps utilice la fórmula normativa que considere más adecuada".

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En función de esa regulación que finalmente se articule en torno a la dispensación del cannabis medicinal, Satué señala que, una vez se determine, "ha
Farmacéuticos comunitarios y de hospital coinciden en que podría asemejase al circuito de dispensación y control que existe actualmente para los estupefacientes. Off Manuel F. Bustelo. Madrid Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Off

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