El parón en el traspaso de la sanidad penitenciaria a las comunidades autónomas sigue empeorando la situación de las enfermeras que trabajan en las prisiones de España y que se ha visto agravada con la pandemia de la covid-19.
Las condiciones laborales de estos enfermeros no son buenas y ello provoca una gran sobrecarga y tensión laboral, y también que se vean obligados a desempeñar funciones que no les competen para no dejar sin atender a las personas privadas de libertad.
“Las condiciones laborales de las enfermeras de prisiones ya eran penosas antes de la pandemia y no con la llegada de la covid-19 la situación se ha agravado aún más si cabe, al igual que en el resto de la sanidad española”, asegura Jesús Marín Daza, secretario de la Asociación Nacional de Enfermeros de Prisiones (ANEP).
También exigen protocolos unificados para gestionar la pandemia en los centros penitenciarios. “Cuando se gestiona la sanidad penitenciaria desde unos despachos de Madrid, sin conocer físicamente los centros, es muy fácil caer en este tipo de errores y dar consignas generales que son imposibles de cumplir. Por ejemplo cuando el número de positivos por covid aumenta en una prisión es muchas veces físicamente imposible mantenerlos aislados de otros presos que no están contagiados. Lo único que podemos hacer en cada centro es ir gestionándolo conforme van surgiendo los casos”, señala.
Independencia del médico
La lista de reivindicaciones es muy larga, aunque Marín Daza explica que una de las más importantes es la derogación de artículo 324 del reglamento penitenciario, que es el que regula las funciones de los enfermeros de instituciones penitenciarias en la actualidad.
“Este artículo data de los años 70 y está desfasado. Establece que el trabajo de las enfermeras de prisiones sea el antiguo trabajo, no ya de los antiguos ATS, sino más bien de los practicantes que existían en tiempos previos a la democracia. Cuando se estableció el reglamento penitenciario era otra época, pero en las revisiones que se han llevado a cabo del mismo todo lo que hace referencia a los enfermeros continua como el primer día”, indica.
De hecho, en muchos centros sigue apareciendo el término ATS en la nómina de los enfermeros, “lo que muestra de lo retrógrada que es la institución a la que pertenecemos”.
Otra reivindicación de los enfermeros de prisiones es que se actualicen las funciones propias de este colectivo. “El documento Actualización de las funciones propias del colectivo de enfermeros de prisiones ha sido redactado entre el Consejo General de Enfermería (CGE) y varios compañeros. Hace más de año y medio que solicitó, sin éxito, su entrada en vigor por parte del CGE al Ministro del Interior”.
Marín Daza explica que el trabajo de los enfermeros de prisiones depende directamente del médico. “Incluso estamos a las órdenes directas del mando de la prisión, que la mayoría de las veces no tiene ninguna formación sanitaria”, lamenta.
En su opinión, en este entorno prevalece la seguridad frente a la salud, “que es un derecho fundamental recogido en nuestra Carta Magna”, dice.
Recuerda, que estas dos peticiones “no conllevan coste económico alguno, lo cual no hace más que acrecentar la perplejidad de la negativa histórica en prisiones a reconocernos como personal sanitario independiente de los médicos y con funciones propias de nuestro colectivo”.
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Solo 650 enfermeros
A principios de 2020, los enfermeros que pertenecían al cuerpo de enfermeros de prisiones (todo el territorio nacional excepto Cataluña, que tiene transferida las competencias de las cárceles a su autonomía) rondaban los 600 efectivos. En esa fecha el número de presos en España rondaba los 50.000.
“Si añadimos que ese año se convocó una oposición con más de 90 plazas para enfermeros, de las que solo se han cubierto 48, nos quedan aproximadamente 650 enfermeros para todos los centros penitenciarios (más de 80) en España. La distribución, además, es desigual, ya que hay centros donde existen más de 15 enfermeros y otros donde solo hay dos”.
Funciones que no les corresponden
Debido al déficit de personal, los enfermeros de prisiones se ven obligados a desempeñar funciones que no les corresponden. “Debemos hacer funciones de médico, farmacéutico, auxiliar de enfermería, psiquiatra, etc. Hay prisiones donde no hay médico ni farmacéutico durante todo un día, pero no conozco prisiones donde no haya un enfermero las 24 horas”, dice.
De hecho, denuncia que cuando falta este personal sanitario “es el enfermero quien, por imperativo, debe realizar sus funciones: pedidos de farmacia y contactar con los laboratorios, o hacer diagnósticos médicos, lo que conlleva intrusismo profesional. Si te niegas a hacerlo te enfrentas a expedientes disciplinarios por incumplir una orden directa de algún superior”.
Un parón de 18 años
La ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud exige que la sanidad penitenciaria esté transferida a las comunidades autónomas y esta ley data de 2003.
“El parón es de 18 años. La pregunta es por qué. Entiendo que es un tema económico y que es por ello el Ministerio de Interior no se pone de acuerdo con las autonomías. Las personas privadas de libertad tienen derecho, según recoge el propio reglamento penitenciario, a tener una asistencia sanitaria en iguales condiciones a las que tendría si estuviera en libertad, y no se cumple”.
Marín Daza está convencido de que las condiciones de los enfermeros de prisiones mejorarían “simplemente por el hecho de no depender de personas que no entienden ni saben de temas sanitarios”.
Recuerda que, en la actualidad, el director de una prisión puede ordenar lo que le plazca a un enfermero y este tiene que hacerlo. “A veces pasa que se usa al personal sanitario para resolver problemas regimentales, y ello sería impensable si dependiéramos de las comunidades autónomas”.
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