Algunas comunidades autónomas están diferenciando entre desplazados y turistas en lo que a vacunación frente a la covid-19 se refiere, de modo que garantizan la inmunización a los primeros, siempre y cuando tramiten su tarjeta de desplazado, pero no para los segundos.
Los gobiernos de varias comunidades autónomas se mostraron a lo largo del mes de junio favorables a vacunar a los turistas que pasasen sus vacaciones estivales en sus territorios, siempre y cuando el Gobierno nacional tuviese en cuenta esta circunstancia para ajustar la llegada de dosis.
Pero la realidad es que varias comunidades autónomas han dado instrucciones a través de sus direcciones generales de Salud Pública para que no se vacune finalmente a los turistas que estén transitoriamente en sus territorios, aunque así lo soliciten porque en el momento de su tiempo de descanso les corresponda recibir la inmunización.
Es el caso de Cantabria. Su presidente Miguel Ángel Revilla avanzó el pasado mes de junio que su comunidad defendería en el Consejo Interterritorial la vacunación de los turistas en su lugar de vacaciones, siempre que hubiera una compensación en las dosis para que esta decisión no fuera en detrimento de la disponibilidad de dosis para los residentes en Cantabria durante todo el año.
Documento de instrucciones
Sin embargo, la realidad es que los centros de salud de la comunidad cántabra exhiben en sus paredes un documento de la Dirección General de Salud Pública en el que se dan instrucciones sobre la vacunación frente a la covid en este periodo de vacaciones.
En dichas instrucciones se deja claro que, de manera general, "no se emplearán vacunas para administrar primeras o segundas dosis a aquellas personas que teniendo oficialmente su lugar de residencia oficial en otras comunidades autónomas o países se encuentren en Cantabria por motivo de vacaciones, ocio o turismo".
En dichas instrucciones se explicita que las personas que estén de vacaciones en Cantabria y sean citadas por sus servicios de salud para ser vacunados “deberán desplazarse a su comunidad para ser vacunados en la fecha y hora que se les indique” o bien “modificar la cita” para adaptarla a su fecha de regreso a su lugar de residencia habitual, según los procedimientos que en la misma se hayan establecido a tal efecto.
Con respecto a las personas desplazadas en Cantabria “por largos periodos de tiempo”, en dichas instrucciones se aclara que “de manera excepcional” aquellas personas que vivan en esta comunidad por un periodo de tiempo superior a tres meses de manera continuada serán vacunadas “únicamente si su situación de salud o discapacidad no fuera compatible con el desplazamiento hasta su comunidad de origen” para recibir la dosis pertinente.
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Asturias también distingue entre desplazados y turistas. La Consejería de Salud de esta comunidad asegura la dispensación de la vacuna para todos los desplazados que hayan tramitado la tarjeta sanitaria correspondiente a esta situación, pero no a los turistas que pasen sus vacaciones en el Principado.
La razón es que la comunidad recibe las dosis ajustadas a su población y sus tarjetas sanitarias, y es a sus residentes a quienes debe garantizar la disposición de vacunas por lo que recomienda a los turistas que adapten sus vacaciones al calendario de inmunización que les corresponda.
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