Las menores de 16 y 17 años van a poder abortar sin el consentimiento paterno. El periodo de reflexión obligatorio previo a la decisión de abortar queda eliminado así como la información sobre la continuidad del embarazo, que será optativa. Recoge bajas médicas por reglas dolorosas y la obligatoriedad de que el médico se inscriba "con antelación" en un registro de objetores al aborto.
Estas son algunas de las cuestiones que salieron adelante ayer en el Congreso de los Diputados con el apoyo de una mayoría de los diputados a la última reforma del aborto: 190 votos a favor, 154 en contra y 5 abstenciones.
De este modo, el proyecto de ley orgánica por el que se modifica la ley orgánica 2/210, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, impulsado por el Ministerio de Igualdad, afronta la recta final en el Senado.
Objeción de conciencia
El proyecto de ley regula la objeción de conciencia "como un derecho individual de cada profesional sanitario, que debe manifestarse con antelación y por escrito". Además, igual que el legislador hizo con la ley de eutanasia, crea un "registro de objetores de conciencia" a la práctica de abortos para asegurar la prestación.
Los profesionales que pueden objetar son los "directamente implicado en la realización de la interrupción voluntaria del embarazo". Con lo que deja fuera a los farmacéuticos en su dispensación de la píldora del día después o a los profesionales en su labor de dar información sobre el aborto, según interpretan varios juristas consultados. También rechaza la objeción colectiva de instituciones sanitarias religiosa.
En todo caso, corresponderá a las comunidades autónomas la elaboración de ese registro de objetores, como ya ocurrió con el registro de objetores a la eutanasia. Y, en ese caso, según cuentan abogados cercanos al desarrollo de la ley de la eutanasia, entre las comunidades autónomas hubo cierto debate sobre de quién debería depender el registro de objetores a la eutanasia: ¿de la consejería de sanidad o del servicio sanitario autonómico?
El precedente de Castilla-La Mancha
Esa falta de acuerdo ha llevado a Castilla-La Mancha a no tener un registro de objetores a la eutanasia centralizado, según apunta David Larios, presidente de Juristas de la Salud. ¿Podrá pasar lo mismo con el registro de la objeción conciencia al aborto?
Larios razona que lo lógico es que ese registro de objetores, tanto el de la eutanasia como el del aborto, "dependa de la Consejería de Sanidad de cada autonomía, que abarca tanto el ámbito de la sanidad privada como el de la sanidad pública y no de los servicios de salud autonómicos, que solo son responsables de la sanidad pública".
En este sentido, la ley en trámite reconoce que el médico objetor en la sanidad pública también lo es en la privada. Además, impide a los médicos objetores participen en los comités clínicos que deciden sobre los abortos a partir de la semana 22 de embarazo.
La autoridad judicial no desaparece
Estos comités no tendrán la última palabra en la interrupción del embarazo a partir de la semana 22, sino que la paciente podrá "recurrir en vía jurisdiccional" en caso de no estar de acuerdo.
En caso de discrepancia entre una menor de 16 años y quien deba autorizar que ésta se someta a un aborto, el conflicto se resolverá por la autoridad judicial con "carácter urgente" y las instituciones públicas no apoyarán a las asociaciones provida.
Además, el texto aprobado considera contratos nulos de pleno derecho los relativos a la gestación subrogada y, además, añade una enmienda de Junts que prohíbe utilizar la imagen de una paciente para anuncios o en cualquier medio de difusión pública.
Oídos sordos al informe del CGPJ
La tramitación de la reforma del aborto sigue así su curso sin atender a las recomendaciones que figuran en el informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que se difundió la semana pasada.
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