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martes, 22 de junio de 2021

Condena penal a una residente, su supervisora y al cirujano de urgencias que atendieron a una bebé

Política y Normativa
soledadvalle
Mar, 22/06/2021 - 11:40
Praxis Médica
bebé
Los tres médicos condenados fueron responsables de la atención de la bebé que falleció, pero la médico adjunta a la residente no vio a la niña, según reconocen los magistrados.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a tres médicos del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) por un delito leve de homicidio imprudente en la atención en urgencias hospitalarias de una bebé de 5 meses. La pequeña paciente terminó falleciendo de un shock secundario a una necrosis hemorrágica intestinal por un vólvulo intestinal.

La condena sobre la praxis médica ha sido por conformidad. Los médicos implicados admitieron el error de su actuación, según explica el abogado de la familia, Francisco Fernández Bravo, colaborador de la Asociación El Defensor del Paciente. De modo que este reproche judicial les obliga a pagar una multa de 12 meses a razón de 6 euros al día a cada uno de ellos. En total, han pagado 2.160 euros cada facultativo condenado.

Por otro lado, la sentencia concede una indemnización a la familia recurrente de 337.000 euros que ha abonado la compañía aseguradora del Servicio Madrileño de Salud, Societé Hospitaliere d' Assurances Mutuelles (Sham). Esta cantidad corresponde a una indemnización de 218.465 euros, más los intereses de demora del artículo 20 de la ley del contrato de seguro y costas del procedimiento. 

Recurso de la aseguradora 

La indemnización y, en concreto, el pago de los intereses del artículo 20 de la LCS fue el motivo del recurso que presentó la aseguradora Sham a la sentencia del Juzgado Penal de Madrid. La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso y ha confirmado la resolución del juzgado. 

Fernández Bravo ha declarado a este diario que la sentencia es firme y que la familia de la menor ya ha cobrado la cantidad fijada por la justicia como indemnización del daño. "Los médicos no deben abonar nada, pues están cubiertos por el seguro de RC del servicio sanitario de la Comunidad de Madrid", recuerda el abogado.  

La condena se centra en que los facultativos que atendieron a la niña omitieron la realización de pruebas complementarias de diagnóstico, lo que derivó en un error en la valoración de la patología que estaba sufriendo la bebé. Los facultativos apreciaron una gastroenteritis, cuando el diagnóstico acertado era un cuadro agudo de obstrucción intestinal que requería un tratamiento quirúrgico urgente

Los hechos que se juzgan comenzaron cuando los padres de la bebé acudieron al servicio de urgencias del Hospital Universitario de La Paz de Madrid con su hija. Según recogen las sentencias, a las 16:52 horas del 4 enero de 2017, la médica interna residente condenada en el proceso atendió a la bebé, realizó la anamnesis y la exploración física.

La pequeña paciente había sido intervenida quirúrgicamente en el mismo hospital un mes antes por una "invaginación intestinal". Por ese motivo, la médico residente solicitó la valoración del cirujano de guardia  del hospital -también condenado en este proceso- vía interconsulta. El objetivo era valorar si con los síntomas que presentaba la bebé, que eran vómitos y dolor de tipo cólico, había que realizar una nueva intervención quirúrgica. 

El cirujano exploró a la menor y descartó la opción de volver a intervenirla. Recomendó observación de la menor, que permaneció en el hospital cinco horas. Transcurrido ese tiempo, fue dada de alta a las 21:42 horas con un informe en que consta el diagnóstico de gastroenteritis aguda.

En la madrugada siguiente, a las 4.17 horas, los padres volvieron al hospital de urgencia. La bebé entró en parada cardiaca y falleció mientras intentaban reanimarla. 

La causa inmediata de la muerte fue "un shock secundario a necrosis hemorrágica intestinal originada por un vólvulo intestinal. El vólvulo intestinal era consecuencia de una obstrucción producida por adherencias fibrosas en el intestino delgado, derivadas de la precedente intervención quirúrgica por invaginación intestinal", según figura en la sentencia como hechos probados. 

Tres médicos condenados 

Los tres médicos acusados de esta mala praxis y finalmente condenados son la médico residente, la médico adjunta y supervisora de la residente y el cirujano de urgencias. 

Tanto el Juzgado Penal número 24 de Madrid como la Audiencia Provincial de Madrid consideran probado que los médicos condenados "omitieron la realización de pruebas complementarias de diagnóstico, tales como una radiografía o una ecografía, la cual venía indicada por los antecedentes clínicos, por los síntomas que presentaba la paciente y por las manifestaciones realizadas a los facultativos por los progenitores".

Esta falta de pruebas, según los magistrados, "determinó el error del diagnóstico, puesto que Triana [nombre con el que la niña aparece en las sentencias] no padeció gastroenteritis, sino un cuadro agudo de obstrucción intestinal que requería tratamiento quirúrgico urgente; la ausencia de tratamiento y de medida terapéutica procedente y el alta indebida, motivó el carácter irreversible de la lesión".

Errores en la praxis médica

Sobre la condena de los facultativos, la sentencia señala, en primer lugar, que "la médico adjunta se abstuvo de realizar cualquier actividad de supervisión de la médica residente, puesto que no participó en la anamnesis ni en la exploración de la menor, y no revisó el informe de alta".

Mientras, ninguno de los médicos condenados "consultó la historia clínica de la que se desprendía la probabilidad de producción de cuadros obstructivos, ni valoró la realización de las pruebas de diagnóstico complementario de radiografía y ecografia abdominal, que se hallaban a su disposición en el hospital". 

La niña de 5 meses falleció tras acudir al hospital donde le diagnosticaron una gastroenteritis sin hacerle ninguna prueba, a pesar de haber sido operada de una "invaginación intestinal" un mes antes. Off Soledad Valle. Madrid Política y Normativa Profesión Off

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