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sábado, 24 de octubre de 2020

Consejo de Ministros extraordinario para declarar el Estado de Alarma

Política y Normativa
soledadvalle
Sáb, 24/10/2020 - 11:58
Covid-19
Pedro Sánchez se dirige a los ciudadano para comunicarle la dureza de la segunda ola del coronavirus.
Pedro Sánchez se dirige a los ciudadano para comunicarle la dureza de la segunda ola del coronavirus.

El Ejecutivo ha convocado un Consejo de Ministros extraordinario para este domingo, 25 de octubre, a las 10 de la mañana, con la intención de declarar el segundo Estado de Alarma en todo el país. De este modo, el Ejecutivo dotaría a todas la comunidades autónomas del marco legal indiscutible para establecer medidas de contención del virus como el toque de queda nocturno, sin necesidad de recabar el aval de los tribunales de justicia autonómicos. 

En la mañana de este sábado las comunidades autónomas que habían solicitado al Ejecutivo de Sánchez la declaración del Estado de Alarma eran País Vasco, Cataluña, Cantabria, Asturias, Extremadura, La Rioja, Navarra, Castilla-La Mancha y la Comunidad Valenciana, así como la ciudad autónoma de Melilla.

En la Comunidad de Madrid, el Estado de Alarma termina a las 16.47 de este sábado

En la Comunidad de Madrid, el Estado de Alarma termina a las 16.47 de este sábado, entra en vigor el toque de queda desde las 00:00 a las 06:00 y restricciones de movilidad en 32 zonas básicas de salud de 12 municipios de esta autonomía.

En Castilla y León se han publicado las nuevas restricciones de movilidad que entrarían en vigor este sábado y que incluye prohibir las salidas nocturnas desde las 22:00 a las 06:00 de la mañana, decayendo así el confinamiento de las capitales de esta autonomía. De momento, ninguna comunidad autónoma gobernada por el Partido Popular ha solicitado la declaración del Estado de Alarma, pero tampoco han mostrado su oposición.

Más de un millón de contagiados 

El jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, afirmó este viernes desde Moncloa que está "listo" para adoptar las medidas que sean necesarias y volvió a instar a las comunidades autónomas que se encuentran en riesgo "extremo" a solicitar la declaración del estado de alarma cuando lo consideren necesario para seguir luchando contra la pandemia.

La cifra global de contagios en España ya supera el millón --en concreto, se eleva ya a 1.046.132 desde el inicio de la pandemia--, y este viernes las comunidades autónomas notificaron al Ministerio de Sanidad 19.851 nuevos casos de COVID-19, 8.293 en las últimas 24 horas, lo que supone un ascenso con respecto a los 7.953 diagnosticados este jueves. 

El Gobierno y las comunidades aprobaron este jueves en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) un plan de respuesta coordinada que incluye cuatro niveles de riesgo, con sus correspondientes medidas. En el nivel de alerta máxima se contempla expresamente la posibilidad de recurrir al Estado de Alarma para dar cobertura a medidas "excepcionales", tal y como ha recordado Sánchez en su comparecencia. 

Opinión de juristas

Antes de la más que previsible declaración del Estado de Alarma, las autonomías buscaron en las leyes ordinarias el amparo para establecer medidas de restricciones de la movilidad, una tarea, que de acuerdo con los expertos consultados no resulta nada fácil.

Josefa Cantero, profesora de Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha y presidenta de la Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria (Sespas), asegura a este periódico que "faltaba un marco jurídico adecuado para contemplar los supuestos de restricciones de movilidad". A juicio de la experta, la ley orgánica del 86, de medidas especiales de salud pública, al amparo de la que se han adoptado medidas para la contención del virus, "es demasiado abstracta y no contempla esta posibilidad de limitar de una forma tan intensa derechos fundamentales".

De esta manera, Cantero considera que "debería reformarse la ley del 86 para incluir las restricciones de movilidad, el confinamiento perimetral, el domiciliario, etcétera". Pero, "como falta ese marco jurídico, solo queda la opción de la declaración del Estado de Alarma que deberá hacerlo el Gobierno mediante un real decreto. Esta vía no requiere la ratificación judicial". 

En el mismo sentido se pronuncia, Antonio Alonso Timón, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Comillas (Icade), que incluso va más allá apuntando que ni siquiera el Estado de Alarma sostendría una medida como el toque de queda "que es más propio del Estado de Excepción o el Estado de Sitio".

El catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III, Javier Álvarez, considera que "toda suspensión de derechos constitucionales, y el toque de queda lo es, exige declaración del Estado de Excepción y no meramente del Estado de Alarma, como erróneamente ha sido entendido hasta ahora por todo el arco político, aunque ya no por algún tribunal superior de justicia que lo ha apuntado, como ha sido el TSJ de Aragón". 

Derecho fundamentales y el caso de Madrid 

La actuación de los tribunales de justicia autonómicos en las medidas que afectan a derechos fundamentales es una garantía para los ciudadanos y, por tanto, una base fundamental del Estado de Derecho, como recuerda Federico de Montalvo, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Comilla (Icade). De este modo, De Montalvo, recuerda que acudir a la declaración del Estado de Alarma no puede limitar esa garantía para el ciudadano de controlar las medidas que limitan sus libertades fundamentales

La declaración del Estado de Alarma lo decide el Consejo de Ministros, de manera unilateral, pero solo puede decretarse por 15 días. Pasado ese tiempo, debe recabar el apoyo del Parlamento, como garantía para el ciudadano, recuerda De Montalvo.

Por ese motivo, ante una declaración del Estado de Alarma para toda España, en la Comunidad de Madrid no se podría dar una simple prórroga, pues la región presidida por Isabel Díaz Ayuso sale de un Estado de Alarma y su prórroga requeriría el apoyo del Congreso de los Diputados. 


 

Una mayoría de autonomías han solicitado al Ejecutivo la declaración de la situación excepcional. Varios expertos apuntan la dificultad de restringir libertades sin Estado de Alarma. Estado de Alarma Off Soledad Valle. Madrid Política y Normativa Política y Normativa Off

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