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martes, 11 de octubre de 2022

Anulada la resolución sobre enfermeras gestoras del Consejo de Enfermería

Política y Normativa
nuriamonso
Mar, 11/10/2022 - 19:32
Sentencia del TSJ de Madrid
Dos enfermeras intercambian información en una UCI pediátrica. Foto: ARIADNA CREUS Y ÁNGEL GARCÍA (BANC DE IMATGES INFERMIERES)
Dos enfermeras intercambian información en una UCI pediátrica. Foto: ARIADNA CREUS Y ÁNGEL GARCÍA (BANC DE IMATGES INFERMIERES)

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha dictado la anulación de la resolución nº 6/2021 de 25 de marzo de 2021, del Consejo General de Enfermería (CGE), por la que se ordenan determinados aspectos del ejercicio profesional de enfermeras y enfermeros gestores y líderes en cuidados de salud

El fallo indica que el Consejo ha pretendido regular cuestiones que están reservadas al legislador, si bien el TSJ no se pronuncia sobre si la resolución invadía competencias de los médicos, cuestión que había motivado el recurso del Consejo General de Colegios de Médicos. El CGE estudiará sus alternativas, como la de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días.

A juicio del TSJ, se trata de "una completa regulación de un ámbito de la actividad de las  profesiones sanitarias que, por más que pueda ser respetuosa con las normas de rango superior  en que descansa, está reservada a la ley y no le corresponde a los Colegios Profesionales por exceder el ámbito de sus competencias, pues no se limita a contemplar aspectos accesorios o secundarios".

Según el artículo 8.1 de la Ley 44/2003, sobre Ordenación de las Profesiones  Sanitarias, "el ejercicio profesional en las organizaciones sanitarias se regirá por las normas  reguladoras del vínculo entre los profesionales y tales organizaciones, así como por los  preceptos de ésta y de las demás normas legales que resulten de aplicación".

A juicio del tribunal, el Consejo de Enfermería "no puede ampararse en las disposiciones que cita del Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la  Organización Colegial de Enfermería de España, del Consejo General y de Ordenación de la  actividad profesional de enfermería". E incide en que "el artículo 24.16 de los mismos contempla la aprobación de las normas deontológicas y  las resoluciones que ordenen la actividad profesional de los colegiados siempre dentro del ámbito de su competencia".

Sin embargo, la sentencia apunta que "invadida por la demandada el ámbito reservado a la ley, no procede referirse a si la  resolución 6/2021 rebasa los límites de la ordenación de la Enfermería atribuyéndole  competencias que por su especial complejidad técnica correspondería asumir a los médicos". Es decir, no entra en el fondo de la cuestión y que es conflicto que subyace en el conflicto por las guías de "prescripción" enfermera o en otras dos resoluciones del CGE también recurridas ante los tribunales por los médicos, sobre las enfermeras gestoras de casos y enfermeras de continuidad asistencial.

Realidad autonómica

Francisco Corpas, asesor jurídico del CGE, señala que, en el práctica, la anulación de esta resolución no tendrá efectos, puesto que la propia organización ha defendido que se trataba de recomendaciones "que ni siquiera son nuestras, sino de las sociedades científicas", argumenta, y que lo que prima es la regulación nacional y autonómica.

"La resolución pretende ordenar, las competencias son de las leyes y en último término son las comunidades las que determinan sus competencias. El problema de las leyes y las normas es que no descienden al caso concreto, la actividad concreta que desempeñan. Establecemos intervenciones y actuaciones, explicamos qué es lo que hace una enfermera que trabaja como gestora".

"El efecto práctico de la sentencia no es que las enfermeras no tengan competencias gestoras, eso es absolutamente falso", incide, recordado que ya hay varias normativas autonómicas que lo reconocen.

El CGE denuncia la discriminación en puestos de dirección sanitaria que sufren las enfermeras, La OMC anuncia un recurso de alzada a la indicación enfermera y el CGE responde "estupefacto", El Consejo de COF también presenta recurso de alzada contra dos guías de indicación enfermera
De hecho, en la causa se personó el País Vasco, precisamente por considerar que el CGE estaba invadiendo un campo que correspondía a la autonomía, pue
El TSJ de Madrid considera que el Consejo de Enfermería invade un "ámbito reservado a Ley", aunque la organización defiende que solo son recomendaciones.
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