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viernes, 23 de octubre de 2020

¿Si un cargo en una distribuidora caducó en junio y no se ha podido celebrar la asamblea general hasta octubre sigue en vigor?

Consulta
gemasuarez
Sáb, 24/10/2020 - 08:00
Situación excepcional
Distribución farmacéutica
Distribución farmacéutica

Buenos días, soy distribuidora de una farmacéutica catalana. En junio de 2020, tres vocales del Consejo Rector vieron caducados sus cargos. Como consecuencia de la covid-19 no pudimos celebrar la Asamblea General en junio y se ha pospuesto para finales de octubre. ¿El cargo de los tres vocales se entiende caducado en la fecha prevista o, contrariamente, sigue aún vigente? L. S. Barcelona

El 21 de mayo de 2020 se publicó el Decreto Ley 19/2020, de 19 de mayo, por el que se regulan diversas medidas complementarias en materia social y sanitaria para paliar los efectos de la pandemia generada por la covid-19 aplicables a las sociedades cooperativas catalanas. En su artículo 7 hace referencia a la prolongación de la vigencia de los nombramientos de los cargos de los órganos de las cooperativas y menciona que, de forma excepcional, los que caduquen durante el año 2020, se entenderán vigentes hasta la celebración de la primera Asamblea General que se convoque después de la declaración del estado de alarma, que deberá ser, en todo caso, celebrada como muy tarde antes del 31 de diciembre del 2020.

Por lo tanto, los cargos de los tres vocales del Consejo Rector de la cooperativa seguirán vigentes hasta octubre de 2020, y será en la referida asamblea donde se dará la caducidad del cargo y la consecuente renovación y/o nombramiento de los consejeros.

En este sentido, en la certificación del acta por la que se acuerda el nombramiento de los nuevos consejeros que se presentará en el registro, deberá constar esta circunstancia.

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