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viernes, 12 de noviembre de 2021

El contrato indefinido no fijo podría afectar a unos 200.000 sanitarios en España

Política y Normativa
aliciaserrano
Vie, 12/11/2021 - 14:08
Laboral y jurídico
Enfermeros de Madrid claman por unas mejores condiciones laborales frente a la sede de la Comunidad de Madrid. FOTO: José Luis Pindado.
Enfermeros de Madrid claman por unas mejores condiciones laborales frente a la sede de la Comunidad de Madrid. FOTO: José Luis Pindado.

Los trabajadores interinos que han visto cómo se ha cronificado su condición de temporales dentro de la Administración pasarán a ostentar la condición de indefinido no fijo si su contrato por vacante en el sector público supera los tres años, incluso si las normas presupuestarias paralizan la convocatoria y resolución de las OPE. Así lo ha decidido el Tribunal Supremo después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declarase contraria al derecho comunitario la jurisprudencia española.

La decisión del Supremo afecta especialmente a los trabajadores de la sanidad española. “El abuso de la temporalidad en la contratación de los servicios públicos es una de las mayores lacras en nuestra sociedad. Dentro de esos servicios públicos, la situación laboral precaria que sufren nuestros sanitarios es totalmente inaceptable”, explica a este periódico Javier Ruiz Blay, colaborador Jurídico del sindicato Agrupación Sanitaria Española (Asaes).

PREGUNTA: ¿Se conoce el número de sanitarios afectados por esta sentencia del Tribunal Supremo?

RESPUESTA: La OMC, en su sexto muestreo a fecha 20 de junio 2020, realiza una encuesta a 20.000 facultativos para conocer cómo se encuentra la profesión médica en España, puntualizando que el estudio fue realizado con anterioridad al inicio de la covid-19 y teniendo en cuenta que los datos serían mucho más significativos y acusados durante el desarrollo de la pandemia y con posterioridad a la misma.

El punto clave del informe lo encontramos cuando el 35,3% de los médicos se encuentra insatisfecho con su profesión, lo que supone más de 7.000.

La temporalidad en su contratación afecta a más del 36% de ellos, y ello sin tener en cuenta cómo se ha gestionado la contratación durante la pandemia, con los famosos Contratos Covid que precarizaron mucho más la situación que ya vienen soportando los sanitarios. La situación actual es clara en muchas autonomías: los contagios se han estabilizado y a muchos de los sanitarios que han estado durante todos estos meses en primera línea no les van a renovar su contratación, y ello es denigrante.

Esta modalidad de contrato solo puede ser ganada en sentencia judicial

Si el abuso de la temporalidad en la contratación de los sanitarios se encuentra entre el 35-40% como regla general en estas últimas décadas y tenemos aproximadamente a casi 700.000 sanitarios, podríamos estimar que el indefinido no fijo podría afectar a unos 200.000 sanitarios.

Además, hay que tener en cuenta que la Oferta de Empleo Público y la resolución de las mismas puede durar años, llegan tarde, mal y nunca, por lo que la continuidad de dar normalidad a la concatenación de contratación temporal al personal sanitario se ha constituido como un problema estructural que hay que rectificar, modificar y avanzar hacia una justicia y dignificación.

Las cifras estimadas se basan principalmente en que muchas de las personas que deciden reclamar tienen contratos de 7 a 15 años de duración como interinos; es decir, que existe un amplio espectro de trabajadores temporales de larga duración que han concatenado contratos durante varios años.

P. Desde las Administraciones Públicas el contrato de interino se ha promovido como un paso previo al fijo…

R. Nada más lejos de la realidad. El contrato de interinidad es un contrato temporal. Incluso nos hemos encontrado casos en los que las personas creían que su contrato de interinidad se asemejaba a un contrato indefinido. Esto es consecuencia de la falta de información de las condiciones laborales por parte de los distintos servicios de Salud.

No en vano, los interinos desconocen que pueden ser cesados sin preaviso, en cualquier momento y sin derecho a indemnización por despido. Además de ser cesados por adjudicación de plaza o amortización de la plaza.

P. ¿Sería posible reclamar esta situación?

R. Si un interino es cesado, tiene 20 días para reclamar y que se le reconozca su condición de indefinido no fijo. Además, podrá reclamar una indemnización por despido de 20 días por año trabajado. Es esencial que todos los sanitarios conozcan este derecho, pues recibimos muchas consultas pasados esos 20 días, cuando ya el plazo a precluido y no puede hacerse nada.

P. ¿Respetan las administraciones sanitarias esta sentencia del Supremo?

R: No, seguimos igual que siempre. El Tribunal de Justicia de la Unión europea reconoció en 2020 que es ajustado a la Ley europea que se indemnice a estas personas por el abuso de temporalidad que están sufriendo. El problema de la temporalidad en la sanidad es un problema estructural, ya que ataca a todo el SNS y a todas las autonomías.

Las administraciones asumen la rentabilidad de mantener a una plantilla temporal, pues es conocedora de los miedos e inseguridades que tienen los trabajadores a la hora de demandar judicialmente. Hemos visto muchos actos de buenas intenciones a lo largo de los años, pero lo cierto es que las contrataciones temporales siguen realizándose cada día, cuando bastaría con realizar contrataciones indefinidas o por tiempo de años en vez de días, para poner fin a la temporalidad.

P. La figura del indefinido no fijo no existe en la Ley…

R. Se trata de un contrato que han tenido que inventarse los jueces y cuyas condiciones han sido desarrolladas a través de las sentencias que forman la jurisprudencia. Los propios jueces españoles se dieron cuenta de la gravedad del problema y de la inexistencia de soluciones en las leyes que redacta la propia Administración, por lo que tuvieron que inventar y crear esta figura del indefinido no fijo de manera totalmente artificial. Se trata de un contrato hecho en un laboratorio.

P: ¿Qué características tiene el contrato indefinido no fijo?

R. Esta modalidad de contrato, que solo puede ser ganada en sentencia judicial, otorga ciertos derechos laborales que la interinidad o los contratos temporales no tienen: el trabajador tiene derecho a ocupar su plaza hasta que sea adjudicada por oposición y otra persona tome posesión y esta toma de posesión ha de ser efectiva; también tiene derecho a una indemnización por este cese (20 días por año trabajado, de manera que una persona que lleve 10 años en esta situación recibiría más de 6 meses de salario bruto); el trabajador consigue una mayor estabilización de la plaza y no puede ser desplazado de ella (no le puede obligar a moverse a otro puesto por un concurso de traslados); el indefinido no fijo no puede ser cesado por el ascenso de otro compañero por promoción interna, y tiene los mismos derechos que un fijo (trienios, complemento de carrera, vacaciones…).

El juez, incluso, puede incluir vincular al indefinido no fijo a la plaza vacante, obligar a la creación de la plaza que el indefinido no fijo ocupa, así como imponer una indemnización por la temporalidad sufrida.

P. ¿Qué está pasando con los sanitarios afectados? ¿Pasan automáticamente de interinos a la condición de indefinido no fijo?

R. Todos aquellos que demandan se encuentran con altas posibilidades de éxito. Incluso se han visto sentencias recientes en las que establecen directamente la fijeza del contrato. Los interinos que lleven 3 años trabajando, al ser declarados indefinidos no fijos por sentencia, pasan automáticamente a ostentar esa posición. El contrato de indefinido no fijo solo puede obtenerse mediante demanda judicial.

Es cierto que no es una solución definitiva, pero es un paso hacia la estabilidad. El hecho de que el despido cueste dinero obligará a la administración a facilitar el acceso a una plaza fija o la reubicación. Recordemos que todo esto es una cuestión económica de la que la única beneficiada es la Administración, porque todo esto perjudica al sanitario y al paciente.

P. ¿Cuáles son las ventajas de tener un contrato indefinido no fijo?

R. Una de las ventajas esenciales es que permite al trabajador exigir derechos, así como exigir una indemnización en caso de amortización de plaza o de adjudicación de la plaza por OPE. Permite cobrar los mismos complementos y salarios que el personal fijo. Y, además, exigir cumplir horarios, vacaciones, permisos y todos los derechos laborales.

P. ¿Y en el caso de que la plaza se publique en una OPE?

R. La Administración está obligada a garantizar el derecho a obtener la plaza en propiedad que viene cubriendo, y deberá comunicar fehacientemente (Burofax, correo certificado, etc.) al indefinido no fijo la convocatoria de su plaza.

En caso de una OPE, el indefinido no fijo debe hacer valer su experiencia en dicha plaza, teniendo por tanto más opciones a la consolidación del puesto. Incluso pueden recurrirse las bases de la OPE para que se valore el tiempo trabajado en esa plaza.

P. ¿Se está sancionando el uso abusivo de contratos de una duración determinada? ¿Se siguen contratando a sanitarios con contratos de estas características?

R. Efectivamente, dado que la única solución que han dejado a los distintos sanitarios es acudir a reclamar lo que les pertenece, los tribunales llevan varios años empezando a conocer este tipo de problema estructural y no coyuntural, como nos quieren hacer creer, para utilizarlo en su contratación. A día de hoy se sigue contratando de manera abusiva, ya no solamente por el problema que planteamos de hace varios años, sino que ha sido acusado y agudizado por la pandemia y la postpandemia que todavía sigue dejando resquicios de las injusticias que se han llevado a cabo por parte de las administraciones.

De hecho, ya hay bastantes sentencias que están sancionando este abuso de la temporalidad en la contratación, no solamente en el sector sanitario sino en todo el sector público. Los argumentos fundamentales que están haciendo determinar que esta situación es totalmente insostenible, y máxime teniendo en cuenta las indicaciones que se han llevado a cabo a través del TJUE con su sentencia de 19 de marzo, es que los tribunales nacionales también están siendo partícipes de acabar con esta precariedad laboral: desde hace años llevan implantando el indefinido no fijo y además, en ciertas ocasiones como está ocurriendo últimamente, estimando la fijeza de interinos que llevan soportando una abusiva concatenación de contratación temporal.

P. ¿Se denuncia poco en este sector? ¿Qué tipo de represalias hay para persuadir que no se reclame?

R. Se denuncia muy poco, existe cierta desesperanza y desilusión. También es cierto que es un sector sometido a protocolos de actuación en su trabajo, e ir contra lo establecido supone un conflicto mental que es difícil de superar. Por eso, nuestra primera misión es informar y dar a conocer a todo el personal de la sanidad sus derechos y sus posibilidades, para que puedan tomar decisiones con libertad y conocimiento.

Se habla más de represalias de las que realmente hay. Desde Asaes en el año 2020 iniciamos más de 100 reclamaciones de indefinido no fijo, y hasta la fecha ninguna persona ha sufrido ninguna represalia.

Igualmente, siempre informamos que si sucediera cualquier represalia nos deben informar a la mayor brevedad, ya que en Derecho existe la llamada Garantía de Indemnidad que protege al trabajador que reclama. Si un trabajador que reclama es despedido (o su contrato, sorpresivamente, no se renueva) la Justicia entenderá que es una represalia y calificará ese cese como nulo.

Asaes explica que la temporalidad es un ‘modus operandi’ que se ha cronificado en el SNS y que muchos de los han decidido reclamar llevan más de 10 años de interinidad. Off Alicia Serrano Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Profesión Profesión Off

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