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martes, 2 de noviembre de 2021

Pros y contras del anteproyecto de Ley de Farmacia de Madrid

Política y Normativa
carmentorrente
Mar, 02/11/2021 - 14:00
Tramitación urgente
El anteproyecto de Ley de Farmacia de Madrid recoge la "entrega informada en el domicilio".
El anteproyecto de Ley de Farmacia de Madrid recoge la "entrega informada en el domicilio".

El anteproyecto de Ley de Farmacia de Madrid, que se está tramitando por la vía de urgencia y está aún en fase de información pública, no es la panacea que solucionará todos los males de la farmacia madrileña, pero sí es un primer paso para actualizar una norma que tiene ya 23 años. El borrador de esta ley plantea temas que hacen ver a muchos el vaso medio lleno, mientras otros lo ven medio vacío. Así sucede, por ejemplo, con la atención farmacéutica domiciliaria, que en este documento aparece como "entrega informada en el domicilio", lo cual no satisface las aspiraciones de todos los farmacéuticos; la flexibilidad horaria tampoco es vista como tal por todos, ni tampoco agrada al 100% la forma de regular la atención farmacéutica en centros sociosanitarios, entre otras cuestiones.

Precisamente Orbaneja Abogados organizó una sesión sobre el anteproyecto el pasado 19 de octubre, al que asistieron, entre otros, Luis González Díez, presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, y Luis de Palacio, presidente de la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE). Rosa Blanco, abogada del departamento jurídico, ha explicado a este medio que "el COF y todos los agentes están muy a favor de la norma. Yo, en general, la veo positiva, aunque hay muchísimas cosas que mejorar".

Los partidos políticos están realizando una ronda de consultas con los agentes implicados, y el presidente del COF de Madrid ya se ha reunido con los representantes de Más Madrid, que defienden la necesidad de promover una mayor integración de la farmacia en Atención Primaria (AP) para responder a las necesidades de los ciudadanos. González Díez señala que las reuniones "están siendo muy productivas. Sirven para explicar el anteproyecto y que sepan de primera mano cuál es nuestra opinión". González Díez matiza que los políticos toman nota, y él les está dejando claro que "esta ley llega tarde y está aprobada por la pandemia. Cuanto antes salga, mucho mejor".

 

"Entrega informada a domicilio"

Sobre la atención farmacéutica domiciliaria, el borrador del proyecto habla en su artículo 13 de que "podrán dispensarse medicamentos y productos sanitarios con entrega informada en el domicilio de los usuarios, a solicitud de éstos y siempre que concurran circunstancias que dificulten o impidan su desplazamiento a la oficina de farmacia de su elección".

El artículo añade que debe garantizarse "que el acto profesional de la dispensación se realiza por un farmacéutico, o bajo su supervisión, integrado en la plantilla del establecimiento farmacéutico responsable de la misma" y que "en ningún caso el servicio de entrega a domicilio supondrá un coste adicional ni se podrá incrementar el precio de los medicamentos o productos sanitarios. Corresponde a la Dirección General con competencias en inspección farmacéutica establecer el protocolo a seguir por las oficinas de farmacia".

"La entrega a domicilio la puede hacer cualquiera con una furgoneta por toda la Comunidad de Madrid" (Luis González Díez)

Sobre esto, González Díez aclara que habrá que ver cómo se va hacer la atención farmacéutica domiciliaria: "Yo les estoy explicando a todo el mundo la opinión de la Junta de Gobierno. Cuando un paciente al que yo he dispensado esa medicación tiene algún problema y no puede acceder a la farmacia, que me llame y yo, como responsable de esa medicación, accedo a su domicilio. La entrega a domicilio la puede hacer cualquiera con una furgoneta por toda la Comunidad de Madrid. La atención farmacéutica es la atención a los pacientes a los que yo dispenso la medicación, lo mismo que hace el médico cuando va a un domicilio".

Blanco recuerda que el término atención domiciliaria ya lo quitaron en el anterior proyecto:  "Fue una lucha del sector de la enfermería, y esto estaba perdido de antemano". Aun así, sostiene que si bien el anteproyecto se refiere sólo a una "entrega por parte de un farmacéutico, te están abriendo las puertas de tu casa, te están dejando entrar en la casa de los pacientes. De una manera u otra te están dejando hacer atención farmacéutica. Al final haces la misma atención farmacéutica que en la farmacia. No puedes contratar a un transportista para que te lleve el producto, sino que tienes que ser tú".

No todos son tan optimistas en este punto. Así, Rosario Lomelino, farmacéutica en Fuenlabrada, ha señalado a este medio que este borrador "te permite que lleves medicamentos a domicilio, pero sólo como transporte, no como atención farmacéutica domiciliaria según hemos estado haciendo durante la pandemia".  Y critica que se menciona la dispensación como si los farmacéuticos fueran simplemente unos meros dispensadores: "Yo no soy una máquina de vending, y las farmacias podemos aportar mucho. Para leer una receta y dar el medicamento no hace falta estudiar una carrera. Basta con estudiar caligrafía y entender la letra de los médicos". 

Flexibilidad horaria

En relación con los horarios de las oficinas de farmacia, el borrador del anteproyecto señala que "se avanza en la flexibilización ya iniciada, cumpliendo con una demanda tanto de los profesionales como de los usuarios de la atención farmacéutica; así, se establece un horario ordinario y mínimo que consta de un tramo común y fijo para toda la Comunidad de Madrid, y otro tramo variable que podrá determinarse voluntariamente por cada oficina de farmacia". En concreto, si bien el horario ordinario y oficial de las oficinas de farmacia tendrá carácter de mínimo y comprenderá 40 horas semanales, en días laborables, de lunes a sábado inclusive, la ley permitiría que, en aquellos municipios de menos de 2.000 habitantes que no cuenten con centro de salud, el horario ordinario pueda ser de 35 horas semanales y realizarse de forma continua.

Eso sí, la diferencia entres este borrador y la Ley de Farmacia vigente es que el borrador habla de que el horario tendrá carácter anual, cuando la norma actual permite que las oficinas de farmacia que deseen modificar el horario que vinieran prestando con anterioridad podrán hacerlo en cualquier momento. Sobre esto, González Díez explica que es muy fácil de entender: "Después de cumplir un horario mínimo ordinario, de obligado cumplimiento, cada farmacéutico podrá abrir o cerrar cuando le dé la real gana. Lo que sí debe conocer el COF es qué farmacias de 12 y 24 horas hay, para organizar los servicios de guardia y urgencias". Sobre el hecho de que el horario haya que mantenerlo durante un año, el presidente del COF de Madrid argumenta que es necesario para organizar el verano: "Si no, no se pueden organizar las guardias".

El borrador contempla una franja fija y otra variable, pero con el mismo horario en un año

En el mismo sentido, Blanco, de Orbaneja Abogados, indica que tampoco le parece negativo, "porque la población también tiene que saber unos horarios mínimos de las farmacias. Me parece positivo que, a partir de esos mínimos, yo lo pueda ampliar como quiera. Ahora mismo tenemos módulos de 12 horas y están obligados a abrir sábados por la tarde en zonas donde a lo mejor no pasa nadie" (el borrador plantea una franja fija el sábado de 10 a 13 horas). Eso sí, ve alguna traba: "Para mí la única pega, aunque entiendo que lo hagan así, es que ese horario lo tengo que cumplir todo un año natural, de enero a diciembre. Hasta ahora, yo puedo ampliar un horario, pero, si quiero reducirlo, en tres meses puedo hacerlo, comunicándolo antes. En principio, según dice la norma, se prevé que yo pueda establecer distintos horarios a lo largo del año. Estamos hablando de un borrador de anteproyecto, que aún tiene que pasar distintas fases y esperemos que mejore. Pero que haya ya esa flexibilidad es positiva. Aunque entiendo que se tenga que cumplir un año, porque luego van a hacer un sistema de urgencias de las farmacias, y necesitan tener una previsión".

Sobre esto, Lomelino no ve sentido a que te obliguen a abrir a las 4 de la tarde un mes de agosto. Y es que el borrador menciona una franja fija de lunes a viernes entre las 10 y las 13 horas y entre las 16 y 19 horas.

Atención a residencias

También hay polémica en la forma en que este borrador haba de la atención farmacéutica a residencias. González Díez aquí es tajante y defiende la manera en que se está funcionando ahora mismo en la Comunidad de Madrid: "Absolutamente todas las residencias las están suministrando las oficinas de farmacia, independientemente del número de camas. Esto es muy importante, porque, que yo sepa, en el resto de España no es así", señala. "Esto es lo que defenderé. Lo que salga luego en el anteproyecto, no lo sé".

El Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril da unas pautas nacionales, a desarrollar por cada autonomía, en las que las medidas difieren en función de si la residencia tiene 100 o más camas y si son de titularidad pública o privada. El borrador del anteproyecto se ajusta a este RD y dejaría a las farmacias la posibilidad de atender sólo a residencias de menos de 100 camas de carácter privado y de la misma zona farmacéutica.

Nuevas farmacias en Madrid

Un punto que destaca González Díez y dice que está pasando desapercibido y son las 21 nuevas farmacias que va a abrir la Comunidad de Madrid: "Con la ley anterior los farmacéuticos establecidos aquí teníamos alguna opción para acceder a esas farmacias. Ahora mismo no tenemos ninguna". Y aclara que la ley anterior proponía que, "por ejemplo, si se abre una farmacia en Alcorcón, primero tuvieran acceso los farmacéuticos establecidos en la Comunidad de Madrid, pidiendo un traslado; ahora mismo, si no se tienen méritos, serán para farmacéuticos que vengan de otras comunidades".

Otra de las cuestiones a perfeccionar, según señala Blanco, es la relativa a publicidad, "que apenas la tocan. Podrían haber recogido la venta de medicamentos a través de páginas web, pero no lo han regulado, y lo dejan con el Real Decreto (Real Decreto 1416/1994, de 25 de junio), que es a nivel nacional".

Por su parte, Lomelino, que ha grabado incluso un vídeo difundido en grupos de whatsapp por farmacéuticos sobre este anteproyecto, indica también que esta Ley pretende hiperregular y limitar el campo de acción: "Los farmacéuticos estamos perfectamente preparados para hacer nuestros propios protocolos de actuación", señala en dicho vídeo, y matiza a este medio: "Cuando hacemos servicios a domicilio tienen que ser según protocolos de la Consejería. Es cierto que debemos tener normas para que esto no sea una feria, pero ¿por qué un farmacéutico de hospital puede elaborar sus propios protocolos de trabajo y nosotros no? Por ejemplo, un jefe de servicio de farmacia hospitalaria puede hacerlo y yo, titular de una farmacia con seis farmacéuticos, no".

El borrador recoge cuestiones, como la "entrega informada en el domicilio" o la flexibilidad horaria, que no satisfacen a todos los farmacéuticos. Off Carmen Torrente Villacampa Profesión Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Política y Normativa Off

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