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domingo, 4 de julio de 2021

Valencia: Los EIR deben cobrar un sueldo base “equivalente” al personal estatutario

EIR
aliciaserrano
Dom, 04/07/2021 - 08:00
Satse seguirá defendiendo este derecho si existe recurso
Según Satse, esta cuantía se puede cuantificar en un 2,3% más de lo que actualmente cobra este personal, y se debe ver reflejado tanto en las nóminas como en las pagas extra.
Según Satse, esta cuantía se puede cuantificar en un 2,3% más de lo que actualmente cobra este personal, y se debe ver reflejado tanto en las nóminas como en las pagas extra.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha fallado a favor de la demanda de conflicto colectivo promovida por el sindicato Satse, reconociendo el derecho del personal interno residente dependiente de la Consejería de Sanidad a percibir sus retribuciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del RD 1146/2006, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud, y que su sueldo sea abonado “en cuantía equivalente a la asignada en concepto de sueldo base al personal estatutario de los servicios de salud en función del título exigido para el desempeño de su profesión y el complemento de formación”.

Esta cuantía, según el sindicato demandante, se puede cuantificar en un 2,3% más de lo que actualmente cobra este personal, y se debe ver reflejado tanto en las nóminas como en las pagas extra. Ante esta demanda, a la cual se adhirieron los sindicatos CCOO, CSIF, CESMSA y Simap-Pas, cabe recurso de casación por parte de la Consejería de Sanidad.

Satse interpuso la demanda porque entendía que Sanidad estaba incumpliendo el citado artículo: en concreto, según recoge la sentencia y apunta el sindicato, el sueldo base de un enfermero/a en la Comunidad Valenciana, sin haberse aplicado el incremento del 0,9% para 2021 está establecido en 1.040,69 euros mensuales, mientras que el de un enfermero que se encuentra realizando el EIR es de 1.016,09 euros mensuales, dado que siguen arrastrando la aplicación de una reducción de un 5% derivada del RD Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, y de una incorrecta aplicación del mismo en la comunidad autónoma.

La Administración alegó que en cómputo anual el importe “salario” del personal residente sería superior al del estatutario, incluyendo las pagas extra, dado que el contenido de las pagas entre ambos colectivos no son comparables -la del personal residente debe ser “como mínimo” de una mensualidad del sueldo y el complemento de formación, tal y como establece el RD 1146/2006-.

Sin embargo, apunta el TSJ de Valencia, “esa diferencia en el cómputo anual no puede ser en modo alguna excusa para que se incumpla el mandato retributivo de cuantía equivalente”, destacando que “si en el caso de autos, la paga extra que recibe el personal estatutario es inferior a una mensualidad, ello en modo alguno puede conculcar la legítima reclamación del actuante” -en concreto, la paga extra del personal de Enfermería es de 759 euros-.

Todos los colectivos

Satse también hace hincapié en que la sentencia hace referencia al “personal interno residente de Sanidad”, lo cual significa que se incluyen, además de los EIR, a los MIR, FIR y del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física. Además, resalta que será necesario  actualizar también el complemento de formación (al constituir una cuantía porcentual del mismo a partir del 2º año) debiendo procederse a la equiparación que establece el RD 1146/2006 e incluir el mismo en la paga extra -cuyo importe será como mínimo de una mensualidad del sueldo y del complemento del grado de formación-.

Sanidad alegaba que si se cumplía esa equivalencia, los profesionales en formación cobrarían más que los estatutarios en el volumen anual por el tema de las pagas extra. Off Enrique Mezquita. Valencia Profesión Política y Normativa Off

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