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viernes, 22 de enero de 2021

Codem valora impugnar la orden que habilita a las farmacias a realizar test de antígenos a partir de febrero

Profesión
aliciaserrano
Vie, 22/01/2021 - 12:22
Vacunación en oficinas de farmacia
La Comunidad de Madrid ha agradecido "la disposición permanente de los farmacéuticos para seguir colaborando en la lucha conjunta contra este virus".
La Comunidad de Madrid ha agradecido "la disposición permanente de los farmacéuticos para seguir colaborando en la lucha conjunta contra este virus".

La publicación ayer en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) de una orden para autorizar la realización de las pruebas rápidas de antígenos en las farmacias a partir del 1 de febrero ha sentado como un jarro de agua fría a los profesionales de Enfermería, que llevan semanas oponiéndose a la idea de la Comunidad de Madrid de realizar estas pruebas en botica. 

Ante este panorama, el Colegio de Enfermería de Madrid (Codem) ya ha anunciado que valora impugnar la orden que habilitan a las boticas a realizar test de antígenos, ya que ello supone una vulneración del artículo 6.2 de la Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, y ha solicitado a sus servicios jurídicos un informe al respecto.

La corporación colegial también insiste en la falta de competencia de los farmacéuticos para realización de test rápidos de antígenos y rechaza la interpretación que hace el gobierno de la Comunidad de Madrid de la orden aprobada, “en el sentido de atribuir a los farmacéuticos competencias al margen de las actuaciones para las que le facultan su titulación y competencia específica”.

Falta seguridad y de espacios adecuados

La Sociedad Madrileña de Enfermería Familiar y Comunitaria (Semap) se posicionó en contra de esta medida el 23 de noviembre, donde señalaba que la mayoría de las oficinas de farmacia no disponen de espacios adecuados para la realización de pruebas diagnósticas de la covid-19 de forma segura para los ciudadanos que acuden a ellos, ni para los trabajadores.

“Para estas intervenciones se requiere un espacio físico con suficiente ventilación, estancias diferenciadas en zona limpia y zona sucia, con un circuito diferenciado de acceso y salida del recinto, y con limitación del aforo, que permita que el resto de población que acude al establecimiento, muchos de ellos población vulnerable, pueda acceder de forma segura y sin correr riesgo de contagio”, explica Juan José Jurado, presidente de Semap.

Recuerda, además, que la orden publicada en el BOCM no especifica las condiciones que se deben cumplir para desarrollar esta actividad por las boticas y remite a los convenios que pudieran establecerse.

“No se especifica quiénes serán los autorizados, cómo se garantiza la gestión de los residuos, como se debe organizar los flujos de pacientes…  Son muchos interrogantes que planteamos en nuestro documento y que no se responden en la orden”, dice.

Baja eficacia en la detección de casos

La realización de estos test queda limitada a situaciones de cribados poblacionales selectivos, de manera que se descarta la opción de compra privada de los test por particulares como pedía en un principio la Comunidad de Madrid.

La orden publicada en el BOCM no especifica las condiciones que se deben cumplir para desarrollar esta actividad por las boticas

“La utilización de este tipo de test ha mostrado una baja eficacia en la detección de casos cuando se realiza sobre población asintomática, incluso aunque se realice sobre zonas básicas con alta incidencia. La Estrategia de Vigilancia y detección de casos de la covid del Ministerio de Sanidad limita la utilización de esta prueba por su baja sensibilidad en pacientes sin síntomas. Así lo muestran los resultados obtenidos en las pruebas de criado llevadas a cabo hasta ahora”, recalca Jurado.

De hecho, asegura que el fabricante indica textualmente que los resultados negativos no descartan la infección por SARS-CoV-2 y que no se pueden utilizar como el único fundamento para un tratamiento u otras decisiones de gestión. “Los resultados negativos deben combinarse con observaciones clínicas, historial del paciente e información epidemiológica”.

No tienen competencias reconocidas

El presidente de la Semap explica que, como ya alegaron el Consejo General de Enfermería (CGE) y el Colegio de Enfermería de Madrid (Codem), “nuestro marco jurídico sanitario no atribuye funciones asistenciales a los farmacéuticos ni autoriza a realizar actividades asistenciales en las oficinas de farmacia”.

Explica que no se trata solo de aprender a hacer una técnica, sino de tener reconocidas legalmente las competencias para ello. “Esta es una toma de muestra que solo puede ser realizada por profesionales sanitarios asistenciales, como somos las enfermeras”, concluye.

Por su parte, Semap recuerda que las farmacias no disponen de espacios adecuados para realizar las pruebas de forma segura y que tampoco tienen las competencias para hacerlo. coronavirus Off Alicia Serrano Profesión Profesión Enfermería del Trabajo Enfermería Geriátrica Off

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